miércoles, 28 de mayo de 2008

Jurisprudencia TEDH


-TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS: CAPACIDAD DE LA FISCALÍA FRANCESA PARA APELAR UNA SENTENCIA:
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Gacon c. Francia (n° de demanda 1092/04). El demandante, nacional francés; fue acusado de fraude por su gestión de la empresa “Clínica del Parque”. En marzo de 2001 el Tribunal Penal de Lyon lo absolvió, y ninguna de las partes, incluído el fiscal del proceso, recurrió la sentencia dentro de los 10 días establecidos por el artículo 498 del la Ley de Enjuiciamiento Criminal Francesa. No obstante, el Fiscal Jefe, basándose en el artículo 505 del mismo cuerpo legal, que le otorga un plazo de 2 meses para apelar la sentencia, recurrió la misma, siendo el Sr. Gacon condenado a una pena de 2 años de prisión (suspendida), obligado a pagar una fuerte multa y viéndose privado de sus derechos cívicos, civiles y familiares durante 5 años. El demandante, alegando una violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a un proceso judicial justo), recurrió al TEDH. Este órgano señala que la fiscalía francesa se ha servido de este artículo en varias ocasiones para apelar sentencias, dejando indefensa a la parte contraria y vulnerando el principio de igualdad de partes en el proceso; por todo ello, reconoce por unanimidad la violación del artículo 6.1 del CEDH y otorga una compensación económica al demandante.

Fuente y más información: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 21/2008.

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