martes, 16 de marzo de 2010

Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (16.3.2010)


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 16 de marzo de 2010, en el Asunto C-325/08 (Olympique Lyonnais): Artículo 39 CE – Libre circulación de los trabajadores – Restricción – Jugadores profesionales de fútbol – Obligación de firmar el primer contrato como jugador profesional con el club formador – Condena del jugador al pago de indemnización a causa del incumplimiento de esa obligación – Justificación – Objetivo consistente en fomentar la contratación y la formación de los jóvenes jugadores.
Fallo del Tribunal:
"El artículo 45 TFUE no se opone a un sistema que, para realizar el objetivo consistente en fomentar la contratación y la formación de los jóvenes jugadores, garantiza la indemnización del club formador en el caso de que un joven jugador firme al término de su período de formación un contrato como jugador profesional con un club de otro Estado miembro, siempre que ese sistema sea apto para garantizar la realización de ese objetivo y no vaya más allá de lo necesario para lograrlo.
No es necesario para garantizar la realización del citado objetivo un régimen como el controvertido en el litigio principal, según el cual un jugador «promesa» que firma al término de su período de formación un contrato como jugador profesional con un club de otro Estado miembro se expone a una condena al pago de una indemnización cuyo importe no guarda relación con los costes reales de formación."

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