sábado, 12 de febrero de 2011

BOE de 12.2.2011


Ley 11/2010 de Castilla-La Mancha, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
Nota: El art. 3 establece el ámbito de aplicación de la Ley en los siguientes términos:
"1. La presente Ley es de aplicación a todas aquellas sociedades cooperativas que desarrollen principalmente su actividad cooperativizada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de las actividades que realizaran con terceros no socios así como de cualesquiera otras de naturaleza instrumental, accesoria o complementaria que sean llevadas a cabo fuera de dicho territorio.
2. Se entenderá que la actividad cooperativizada se realiza principalmente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha si fuera superior en su conjunto a la desarrollada fuera del mismo, siempre tomando en consideración su volumen en cada ejercicio económico, la ubicación real de los centros de trabajo o de las explotaciones de los socios, o cualesquiera otros índices reveladores de la efectiva actividad.
3. Asimismo esta Ley será aplicable a todas las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas que, con domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, desarrollen su objeto social principalmente en su ámbito territorial."
También cabe destacar los siguientes preceptos:
  • Art. 46.3: Convocatoria de la asamblea general para socios residentes en el extranjero.
  • Art. 76.3: Aportaciones dinerarias en moneda extranjera al capital social.
  • Art. 122.2: Posibilidad de que personas extranjeras sean socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
Se deroga la Ley 20/2002 de Castilla-La Mancha, de 14 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
[BOE n. 37, de 12.2.2011]

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