lunes, 12 de noviembre de 2012

Jurisprudencia - Envío de tweets lesivos del derecho al honor


Juzgado de Primera Instancia N°.. 5 de Pamplona/Iruña, Sentencia de 15 Oct. 2012, proc. 1443/2011: Derecho al honor. Intromisión ilegítima. Tweets enviados por la demandada (concejala de UPN) en los que se acusaba a la demandante (concejala de Nafarroa Bai) de utilizar su enfermedad (el cáncer) con fines partidistas. Los tweets vinculaban la reaparición impuntual de la demandante en el ayuntamiento con la salida de los medios de comunicación en el momento en que se estaba debatiendo en el pleno una moción contra la explotación sexual promovida por UPN, y atribuían a esa tardía llegada al pleno la intención de hurtar de cobertura mediática a la moción debatida. Las opiniones o juicios de valor vertidos en los tweets lesionaron la autoestima de la demandante y (caso de trascender) su consideración por parte de los otros. Es cierto que los tweets no contenían insultos formales ni palabras objetivamente malsonantes. Mas acusar (aunque sea de forma tácita o implícita) a una persona pública que padece una enfermedad grave de utilizar dicha enfermedad con fines partidistas, resulta claramente vejatorio (ofensivo y oprobioso), y pone en tela de juicio su ética o probidad en el desempeño de su cargo. Condena a la demandada a suprimir los tweets de la homepage de sus cuentas y de la web y a dar publicidad al fallo de la sentencia mediante un mensaje a través de su cuenta de Twitter.
Ponente: Ruiz de la Cuesta Muñoz, Rafael.
Nº de Sentencia: 213/2012
Nº de PROCEDIMIENTO: 1443/2011
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 7962, Sección La Sentencia del día, 12 Nov. 2012

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.