miércoles, 30 de diciembre de 2015

Bibliografía (Revista de revistas) - La Ley Unión Europea núm. 32 (diciembre 2015)


Trabajos publicados en la revista La Ley - Unión Europea, número 32, diciembre de 2015:

DOCTRINA:
-María Yolanda SÁNCHEZ-URÁN AZAÑA, Derecho comunitario de residencia y acceso a las prestaciones sociales de subsistencia. El alcance limitado de la libertad de circulación de los demandantes de empleo en la UE
La sentencia del TJUE de 15 septiembre de 2015 (Asunto C-67/14, Asunto Alimanovic) plantea, de nuevo, el alcance del derecho a la igualdad y no discriminación por razón de nacionalidad en el acceso a las prestaciones sociales de subsistencia de los ciudadanos comunitarios que, sólo de forma indirecta y mediata, pueden ser considerados económicamente activos en el Estado de acogida. La interpretación restrictiva del TJUE deriva de la concepción ambigua en el Derecho de la Unión Europea sobre el estatuto de los ciudadanos de la Unión y podrá ser utilizada por los Estados Miembros para denegar solicitudes de prestaciones de esa naturaleza a los ciudadanos comunitarios desempleados de larga duración y demandantes de nuevo empleo en el Estado de acogida.
-Carmen PARRA RODRÍGUEZ, La incidencia de la aceptación por la Unión Europea del Convenio de La Haya de 2005 sobre los acuerdos de elección de foro
El Convenio de La Haya de 30 de junio de 2005 sobre Acuerdos de Elección de Foro, se limita a acuerdos exclusivos de elección de foro en casos internacionales entre profesionales en asuntos civiles o comerciales (artículo 1), con una extensión opcional del capítulo sobre el reconocimiento y la ejecución a las resoluciones dictadas por un tribunal designado en un acuerdo no exclusivo de elección de foro (artículo 22). Excluye a los contratos celebrados por consumidores, los contratos de trabajo y otras materias específicas (artículo 2). Las razones de estas exclusiones son en la mayoría de los casos la existencia de otros instrumentos internacionales más específicos o de normativas internas, regionales o internacionales que contemplan foros de competencia exclusiva sobre estas cuestiones.
TRIBUNA:
-Pedro Alberto DE MIGUEL ASENSIO, Caracterización de ciertos sitios de Internet como servicios de comunicación audiovisual
La reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia ha optado por una interpretación de la Directiva 2010/13/UE de servicios de comunicación audiovisual, cuyas normas han sido incorporadas al Derecho español mediante la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual, que favorece en determinadas circunstancias la calificación como prestador de servicios de comunicación audiovisual de sitios de Internet que incluyen, junto a otros contenidos, la puesta a disposición de vídeos, lo que presenta importantes implicaciones. La calificación de ese tipo de sitios de Internet como servicio de comunicación audiovisual puede resultar determinante de la exigencia de cumplir obligaciones adicionales, en concreto las que derivan del régimen jurídico previsto en relación con los servicios de comunicación audiovisual a petición.
SENTENCIA SELECCIONADA:
-Patricia OREJUDO PRIETO DE LOS MOZOS: Autoridades competentes para autorizar la solicitud de expedición de un pasaporte y viajar al extranjero en situaciones internacionales (Comentario a la STJUE de 15 de octubre de 2015, Asunto C-215/15, Vasilka Ivanova Gogova y Ilia Dimitrov Iliev)
El TJUE se pronuncia en la STJUE de 15 de octubre de 2015, Asunto C-215/15, Vasilka Ivanova Gogova y Ilia Dimitrov Iliev sobre dos aspectos de interés en lo que respecta a la aplicación del Reglamento Bruselas II bis: su ámbito material, en lo relativo –una vez más- a las normas sobre responsabilidad parental; y el foro recogido en el artículo 12.3 b), que permite sumisión en demandas de responsabilidad parental presentadas de forma aislada, esto es, independientes de cuestiones referidas al vínculo matrimonial. Para dar respuesta a ambas cuestiones el Tribunal hace un uso adecuado de jurisprudencia anterior, que de esta forma puede considerarse cada vez más consolidada.
-Julio A. GARCÍA LÓPEZ, La imposición ilegal de medidas antidumping en la Unión Europea: obstáculos para el resarcimiento de daños causados a los importadores europeos
La invalidez de un Reglamento antidumping no fundamenta el derecho de un importador independiente al resarcimiento de los perjuicios causados por el pago de los derechos impuestos por dicho Reglamento.
-Miguel Ángel PACHECO RODRÍGUEZ y Francisco SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Incumplimiento por parte de un Estado de las Directivas 2011/92/UE y 2010/75/UE (Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia, Sala Segunda, de 15 de octubre de 2015, asunto C-137/14)
El Tribunal de Justicia (Sala Segunda), en su sentencia de 15 de octubre de 2015, ha declarado el incumplimiento de la República Federal de Alemania de las directivas 2011/92/UE (art. 11), y 2010/75/UE (art. 25). Es una sentencia que continúa la jurisprudencia emanada de la sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta), de 12 de mayo de 2011, asunto C-115/09, analizando el acceso a la justicia. El Tribunal de Justicia ha llegado a la conclusión de que la normativa alemana enjuiciada no justifica adecuadamente el motivo de la limitación de la anulación de las decisiones en materia de medio ambiente por vicios del procedimiento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.