domingo, 12 de noviembre de 2017

Bibliografía - Novedad Editorial


Ha aparecido el volumen de los "Cursos de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales de Vitoria-Gasteiz 2016", publicado por Thomson Reuters - Aranzadi.

El presente volumen recoge una nueva edición de los Cursos de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales de Vitoria-Gasteiz organizados por la Universidad del País Vasco, correspondiente a la edición del año 2016. Los cursos de Derecho Internacional Privado de este volumen son los siguientes:

Régimen jurídico de la comercialización internacional de mercancías, por Ángel Espiniella Menéndez, pp. 271-348
Sumario: 1. PRESENTACIÓN. 2. REGULACIÓN DE LOS CANALES INTERNACIONALES DE COMERCIALIZACIÓN. 2.1. Canales directos de comercialización. 2.1.1. Internacionalización del establecimiento comercial. 2.1.2. Creación de sucursales en el extranjero. 2.2. Canales indirectos de comercialización. 2.2.1. Modalidades de intermediación comercial. 2.2.2. El mercado de referencia. 2.3. Canales mixtos de comercialización. 2.3.1. Estrategias intra-grupo de comercialización. 2.3.2. Estrategias de “marcas blancas”. 3. REGULACIÓN DE LA COLOCACIÓN INTERNACIONAL DE LAS MERCANCÍAS EN EL MERCADO. 3.1. Actividades de marketing y publicidad para la colocación. 3.2. Colocación en el mercado mayorista. 3.2.1. Ventas estándar. 3.2.2. Ventas al distribuidor. 3.2.3. Fabricaciones “contra pedido”. 3.2.4. Intercambios compensados. 3.3. Colocación en el mercado final. 3.3.1. La captación del consumidor. 3.3.2. La protección del consumidor captado. 4. REGULACIÓN DEL DESPLAZAMIENTO INTERNACIONAL DE LAS MERCANCÍAS. 4.1. Expedición de las mercancías. 4.1.1. Prestaciones individuales de servicios. 4.1.2. Prestación integral de servicios logísticos. 4.2. Exportación e importación de las mercancías en la cadena comercial. 4.2.1. Destinos aduaneros. 4.2.2. La práctica del comercio paralelo.4.3. Entrega de las mercancías a los distribuidores. 4.3.1. Lugar. 4.3.2. Momento y forma. 4.3.3. Transmisión de la propiedad. 5. REGULACIÓN DEL POSICIONAMIENTO INTERNACIONAL DE POSTVENTA. 5.1. Garantías comerciales y servicios postventa. 5.1.1. La garantía voluntaria y los servicios adicionales. 5.1.2. La garantía legal y los servicios obligatorios. 5.2. Responsabilidad por daños. 5.2.1. Relación entre responsabilidad y comercialización. 5.2.2. Daños a clientes en función de su perfil. 6. VALORACIÓN FINAL

Resumen: Hipótesis de partida: la comercialización internacional de mercancías es una actividad económica fundamental para las empresas, que, como tal, no está delimitada o acotada ni por el Derecho internacional privado ni por el Derecho del comercio internacional.
Objetivos: el curso pretende acotar el régimen jurídico de la comercialización internacional para, a partir de dicha delimitación, analizar la eficiencia del sistema en su conjunto.
Metodología: se propone un análisis transversal de los distintos sectores del Derecho internacional privado y del Derecho del comercio internacional, en la medida en que estos afectan a la cadena de comercialización internacional de mercancías. Se seleccionarán los aspectos más relevantes de Derecho privado, esto es, de las relaciones entre empresas (B2B) y de las empresas con los consumidores (B2C), sin perjuicio de alguna alusión a otras normas, más propias de Derecho público o económico, en lo que respecta a los escenarios de la comercialización internacional.
Estructura: partiendo de la comercialización internacional de mercancías como un “hecho económico”, se estructuran cuatro momentos fundamentales de dicha actividad económica a los que debe darse respuesta jurídica: los canales internacionales de comercialización, la colocación internacional de los bienes en el mercado, el desplazamiento internacional de las mercancías y el posicionamiento internacional de los operadores en la postventa.
Impacto: se propone una perspectiva mínimamente innovadora analizando sectores como el Derecho internacional societario, contractual, de consumo, de transporte, de marcas o de daños, no de modo aislado o autónomo, sino de una forma práctica, transversal y conjunta, en la medida necesaria para que las empresas desarrollen su actividad de comercialización de mercancías.
El concepto de "país seguro" y otros dispositivos restrictivos del derecho de asilo en España y la Unión Europea, por Patricia Orejudo Prieto de los Mozos, pp. 435-486
Sumario: 1. INTRODUCCIÓN. 2. LA CONVENCIÓN DE GINEBRA DE 1951 Y EL PROTOCOLO DE NUEVA YORK DE 1967. 2.1. Instrumentos base para la protección de las personas refugiadas. 2.2. Alcance y limitaciones. 3. INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3.1. Reconocimiento del derecho al asilo. 3.2. Garantía del principio de no devolución e incidencia de otros derechos. 4. INSTRUMENTOS INSTITUCIONALES EN MATERIA DE ASILO. 4.1. Conformación de un sistema regional ¿al servicio de la CG 51 y el PNY 67? 4.2. El Sistema Europeo Común de Asilo. 4.2.1. Primeras dos fases: establecimiento de las bases. 4.2.2. El fracaso del SECA y la futura tercera fase. 5. REGULACIÓN ESTATAL. 6. OBTENCIÓN DEL ESTATUTO: REQUISITOS Y OBSTÁCULOS. 6.1. Ubicación y nacionalidad de la persona solicitante. 6.1.1. Encontrarse fuera del país de origen: visados, externalización de las fronteras y retorno a tercer país seguro. 6.1.2. Tener nacionalidad extranjera: exclusiones y determinación. Los tests de nacionalidad. 6.2. Temor fundado a persecución. 6.2.1. Componentes del temor fundado. Situación del país de origen en el momento de presentación de la solicitud: el “criterio de prudencia”. 6.2.2. Empleo del concepto de país de origen seguro. 6.2.3. Agentes y actos de persecución. La “discreción razonable”. 6.3. Motivos de persecución. La alternativa de huida interna. 7. CONCESIÓN DE LA PROTECCIÓN SUBSIDIARIA. 8. CONCLUSIONES.

Resumen: La protección internacional que diversos instrumentos de derechos humanos y, en particular, la Convención de Ginebra de 1951 confieren a determinadas personas frente a la persecución o los daños que padecen o pueden sufrir en sus países de origen se está viendo cada vez más comprometida por el Derecho de la Unión Europea. Las instituciones de la UE han activado diversos mecanismos que procuran evitar que accedan al territorio de los Estados Miembros esas personas necesitadas de protección; y expedientes que, cuando sí logran llegar, facilitan que las solicitudes de protección sean inadmitidas o desestimadas. Entre estos expedientes ocupa un lugar destacado el concepto de país seguro, que también subyace en uno de esos mecanismos dirigidos a mantener alejadas a las potenciales solicitantes de asilo y a hacer posible su deportación: los acuerdos con terceros Estados.
Ficha:
F.J. Quel López, Mª.D. Bollo Arocena (Coords.)
"Cursos de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales de Vitoria-Gasteiz 2016"
Thomson Reuters - Aranzadi, agosto 2017
47 €
ISBN: 978-84-9152-047-4

2 comentarios:

  1. Como autor, quiero dar muy sinceramente las gracias a Federico Garau por la redacción del post. Este blog es sin duda de una relevancia excepcional...imprescindible para cualquier persona interesada en el Derecho internacional privado.

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  2. Muchas gracias, amigo Ángel, por tus palabras. No hace mucho escribía que mantener un blog no es tarea fácil, y menos en un ámbito jurídico, como el DIPr, en el que la masa crítica de destinatarios no es en principio excesivamente elevada (http://conflictuslegum.blogspot.com.es/2017/11/primer-aniversario-del-blog-de-jose.html). Prueba de ello es ver cómo se van clausurando o abandonando blogs relacionados con el DIPr. Saber que la tarea que uno realiza es de utilidad a otras personas compensa el esfuerzo y anima a continuar trabajando. Por tanto, te agradezco mucho tu comentario.

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