miércoles, 13 de junio de 2018

Jurisprudencia - El interés prevalente del hijo menor de edad justifica la concesión de residencia temporal al padre con antecedentes penales


Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 40/2018 de 29 Ene. 2018, Rec. 288/2017: Extranjeros. Residencia temporal por circunstancias excepcionales. Se confirma la sentencia de instancia, que estimó el recurso frente a la resolución que denegó la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, por constar antecedentes penales. Interpretación y aplicación de la normativa sobre extranjería a la luz de lo dispuesto por el Derecho Comunitario, al tratarse de una autorización de arraigo, por ser progenitor de un nacional español, menor de edad. Debe prevalecer la vida familiar del extranjero y de la niña. Lo contrario, la denegación del permiso con salida de España, afectaría a intereses recogidos por la propia Constitución, como los de protección y asistencia integral de los hijos durante su minoría de edad.
Ponente: Alonso Díaz-Marta, Leonor.
Nº de Sentencia: 40/2018
Nº de Recurso: 288/2017
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9217, Sección Jurisprudencia, 13 de Junio de 2018
ECLI: ES:TSJMU:2018:125

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