lunes, 10 de septiembre de 2018

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

-Asunto C-25/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 10 de julio de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — procedimiento incoado por Tietosuojavaltuutettu [Procedimiento prejudicial — Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales — Directiva 95/46/CE — Ámbito de aplicación de dicha Directiva — Artículo 3 — Recogida de datos personales por los miembros de una comunidad religiosa en relación con su actividad de predicación puerta a puerta — Artículo 2, letra c) — Concepto de «fichero de datos personales» — Artículo 2, letra d) — Concepto de «responsable del tratamiento» — Artículo 10, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 10.7.2018.
-Asunto C-88/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala tercera) de 11 de julio de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus — Finlandia) — Zurich Insurance PLC, Metso Minerals Oy / Abnormal Load Services (International) Limited [Procedimiento prejudicial — Cooperación en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Competencia judicial — Artículo 5, punto 1, letra b), segundo guion — Competencia de los tribunales del lugar de ejecución de la obligación — Lugar de prestación de los servicios — Contrato de transporte de mercancías entre dos Estados miembros — Trayecto constituido por varias etapas y efectuado con diferentes medios de transporte]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 11.7.2018.
-Asunto C-89/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 12 de julio de 2018 [petición de decisión prejudicial planteada por el Upper Tribunal (Immigration and Asylum Chamber) — Reino Unido] — Secretary of State for the Home Department / Rozanne Banger [Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión Europea — Artículo 21 TFUE — Derecho de los ciudadanos de la Unión a circular y residir libremente en el territorio de la Unión — Directiva 2004/38/CE — Artículo 3, apartado 2, párrafo primero, letra b) — Pareja con la que el ciudadano de la Unión mantiene una relación estable, debidamente probada — Regreso al Estado miembro del que es nacional el ciudadano de la Unión — Solicitud de autorización de residencia — Estudio detenido de las circunstancias personales del solicitante — Artículos 15 y 31 — Tutela judicial efectiva — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 47]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 12.7.2018.
NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-451/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Győri Ítélőtábla (Hungría) el 10 de julio de 2018 — Tibor-Trans Fuvarozó és Kereskedelmi Kft. / DAF TRUCKS N.V.
Cuestiones planteadas:
"¿Procede interpretar la norma de competencia especial establecida en el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, en el sentido de que el «lugar de producción del hecho dañoso» fundamenta la competencia del foro si
— el domicilio o el centro de la actividad económica o de los intereses patrimoniales de la demandante, que alega haber sufrido el daño, se encuentra en ese Estado;
— la reclamación de la demandante, dirigida contra una única demandada, un fabricante de camiones domiciliado en otro Estado miembro, se basa en una infracción [declarada] mediante [resolución de] la Comisión Europea en virtud del artículo 101, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (anteriormente, artículo 81 TCE, apartado 1), consistente en acuerdos colusorios sobre fijación de precios e incrementos de precios brutos en el Espacio Económico Europeo, resolución que tiene otros destinatarios además de la demandada;
— la demandante solo adquirió camiones fabricados por otras empresas implicadas en el cártel;
— ningún dato apunta a que alguna de las reuniones calificadas de restrictivas de la competencia se celebrase en el Estado del foro;
— la demandante adquiría generalmente los camiones —en su opinión, a precios distorsionados— en el Estado del foro y, para ello, celebraba contratos de leasing con transmisión firme de propiedad con empresas que operaban en ese Estado, pero, según sus propias alegaciones, la demandante negociaba directamente con los concesionarios de los vehículos y el arrendador en el leasing añadía a los precios pactados por ella su propio margen de beneficio y los costes del leasing, transmitiéndose a la demandante el derecho de propiedad sobre los vehículos una vez cumplido el contrato de leasing, en el momento de extinción de este?"

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