miércoles, 2 de octubre de 2019

Jurisprudencia - Condena a la agencia de viajes a indemnizar a los clientes de un viaje combinado por no informarles de que las playas estaban inundadas de algas


Audiencia Provincial de Granada, Sección 4ª, Sentencia 261/2018 de 28 Sep. 2018, Rec. 209/2018: Viaje combinado a Punta Cana. Incumplimiento contractual. Las playas estaban inundadas de algas, que impedían bañarse, además del fuerte mal olor e insalubridad general que desprendían. El estado que presentaban las playas, que resulta el atractivo principal de la zona, se configuró por las partes, de mutuo acuerdo, como motivo que impulsaba la contratación del viaje. Se produjo una evidente información errónea por parte de la agencia ya que indicó a los clientes que las playas se encontraban en perfectas condiciones. No se trata de que se garantizara que durante la estancia en el hotel no se produjeran determinados fenómenos naturales imprevisibles o inevitables, sino de informar verazmente del estado que presentaban las playas. Devolución de la cantidad abonada e indemnización por daño moral.
Ponente: Ruiz-Rico Ruiz, Juan Francisco.
Nº de Sentencia: 261/2018
Nº de Recurso: 209/2018
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 9489, Sección La Sentencia del día, 2 de Octubre de 2019
ECLI: ES:APGR:2018:1405
[Texto de la resolución]

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