martes, 20 de octubre de 2020

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (20.10.2020)


- CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. MACIEJ SZPUNAR, presentadas el 20 de octubre de 2020, en el asunto C‑673/19 (M y otros): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Consejo de Estado, Países Bajos)] Procedimiento prejudicial — Controles en las fronteras, asilo e inmigración — Directiva 2008/115/CE — Retorno de nacionales de países terceros en situación irregular — Internamiento a efectos de expulsión — Protección internacional en otro Estado Miembro — Inexistencia de decisión de retorno.

Nota: El AG propone al Tribunal que conteste la cuestión planteada en el siguiente sentido:
"Los artículos 3, 4, 6 y 15 de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, no se oponen a que un Estado miembro, en virtud del Derecho nacional, ordene el internamiento, de un nacional de un tercer país en situación irregular que disfruta de protección internacional en otro Estado miembro, cuando con ese internamiento se persigue el traslado del nacional de un tercer país en cuestión con destino a ese otro Estado Miembro, y cuando a dicho nacional de un tercer país se le ha ordenado la salida inmediata con destino al territorio de ese otro Estado Miembro, pero no se ha dictado una decisión de retorno en el sentido de lo dispuesto en la Directiva 2008/115, siempre que se cumpla lo dispuesto en los artículos 6 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, extremo que corresponde verificar al órgano jurisdiccional nacional."

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