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domingo, 2 de noviembre de 2025

El Blog estrena página con la jurisprudencia del TJUE en interpretación de las normas de DIPr.


 A partir de hoy, el Blog Conflictus Legum cuenta con una nueva página dedicada a recopilar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) adoptada en interpretación de los Convenios o Reglamentos adoptados por la Unión Europea sobre materias de DIPr. 

Esta página, que recoge más de 575 referencias jurisprudenciales, la conforman otras subpáginas en las que se agrupan en orden cronológico las sentencias en atención a la norma interpretada. Para ello se han reunido en una misma página las disposiciones que guardan una relación de continuidad entre sí o que guardan una gran afinidad entre ellas. Por ejemplo, en la misma página se recogen las resoluciones dictadas en interpretación del Convenio de Bruselas de 1968, del Reglamento 44/2001, del Reglamento 1215/2012 y del Convenio de Lugano de 2007. Por cierto, esta página es la más importante cuantitativamente, con casi 350 referencias jurisprudenciales dictadas sobre las mencionadas normas.

Las resoluciones se citan de acuerdo con las normas de citación del Tribunal de Justicia, basado en el ECLI (European Case Law Identifier) o identificador europeo de jurisprudencia: tipo de resolución, fecha, denominación habitual del asunto, número de registro/asunto y código ECLI. A continuación, se recoge la referencia de su publicación en la recopilación oficial de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia; hasta el año 1986 -fecha de la adhesión de España a la UE- se utiliza la recopilación oficial en lengua francesa (Recueil) -idioma de trabajo del Tribunal-, aunque con la versión y las páginas correspondientes a la traducción al español (si se desea acceder a la versión en alguna de las lenguas oficiales, se puede hacer a través de la página de acceso numérico a la jurisprudencia); a partir de 1986 se recoge la referencia de la "Recopilación" oficial en lengua española; desde el año 2012, las resoluciones del Tribunal se publican en la Recopilación general en versión electrónica, por lo que la remisión se realiza a dicho texto oficial. La mayoría de las referencias cuentan con un enlace a la versión oficial de la resolución en lengua española; se excepcionan aquellas resoluciones -dictadas recientemente o no- que no cuentan con la versión oficial en español. En estos casos, el enlace conduce a la versión publicada en la página web del TJUE, bien en lengua española o en lengua francesa en calidad de idioma oficial del Tribunal.

Finalmente, entre paréntesis figuran la norma y los preceptos (artículo, capítulo, sección) interpretados y recogidos en el fallo de la resolución. En algunos casos, a continuación se citan entre corchetes otros preceptos a los que se alude, en ocasiones como obiter dicta, en la resolución. También pueden encontrarse entre corchetes las referencias a la norma y a los apartados de la sentencia en los que se hace referencia como obiter dicta.

El contenido de estas páginas se irá actualizando constantemente, incorporándose las nuevas referencias jurisprudenciales a medida que se adopten.

Esta nueva página se ubica -junto con el resto de páginas del Blog- en la parte superior, debajo de la cabecera, con el título "JURISPRUDENCIA TJUE". Pulsando sobre ella se accede al resto de las siguientes 15 subpáginas, organizadas en orden cronológico de las disposiciones:

- Convenio de Bruselas de 1968, Reglamento 44/2001, Reglamento 1215/2012 y Convenio de Lugano de 2007.
- Convenio de Roma de 1980, Reglamento 593/2008.
- Reglamento 1346/2000 y Reglamento 2015/848.
- Reglamento 1347/2000, Reglamento 2201/2003 y Reglamento 2019/1111.
- Reglamento 1348/2000, Reglamento 1393/2007 y Reglamento 2020/1784.
- Reglamento 1206/2001 y Reglamento 2020/1783.
- Reglamento 805/2004.
- Reglamento 1896/2006.
- Reglamento 861/2007.
- Reglamento 864/2007.
- Reglamento 4/2009.
- Reglamento 1259/2010.
- Reglamento 650/2012.
- Reglamento 655/2014.
- Reglamento 2016/1103 y Reglamento 2016/1104.

Posiblemente, en el futuro se incluyan normas, especialmente en materia de propiedad industrial, que contienen algunos preceptos de DIPr. interpretados por el TJUE.

Debido al gran número de referencias, es muy posible que se hayan producido errores, tanto en la numeración como en la referencia de los preceptos interpretados -ratio decicenci u obiter dicta-, o que incluso el enlace al texto de la resolución se haya corrompido. También pueden existir omisiones de resoluciones, pues la jurisprudencia adoptada en el ámbito de las normas de DIPr. es muy extensa y es fácil ignorar alguna. Agradeceré que, si se detecta algún error u omisión, se me comunique para poder corregirlo. Al fin y al cabo, todo ello redundará en el beneficio común de quienes utilicen estos listados.

Mi intención al realizar esta recopilación ha sido la de poner a disposición del público toda la información que pueda facilitar la labor de localización y sistemática de la abundante jurisprudencia dictada a lo largo de 49 años, desde que el Tribunal dictó allá por 1976 su primera sentencia sobre el Convenio de Bruselas, en el asunto 12/76, Tessili. Espero que estos objetivos puedan cumplirse.


6 comentarios:

  1. Muchísimas gracias, Federico.

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    1. Muchas gracias a ti, María Jesús.
      Lo importante es que sea una herramienta útil.
      Un abrazo

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  2. Estimado Federico: ¿qué decir, más allá de "muchas gracias de nuevo"?

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  3. Realmente interesante... ¡Gracias mil, Federico!

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