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sábado, 29 de marzo de 2008

Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea


-Asunto C-244/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 14 de febrero de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Koblenz — Alemania) — Dynamic Medien Vertriebs GmbH/Avides Media AG (Libre circulación de mercancías — Artículo 28 CE — Medidas de efecto equivalente — Directiva 2000/31/CE — Normativa nacional que prohíbe la venta por correo de soportes gráficos que no hayan sido sometidos a control y clasificación a efectos de la protección de los menores por parte del organismo nacional competente y que no llevan la indicación, que emane de dicha autoridad, de la edad a partir de la que pueden verse dichos soportes gráficos — Soportes gráficos importados de otro Estado miembro que han sido sometidos a control y clasificación por parte del organismo competente de tal Estado y que llevan la indicación de un límite de edad — Justificación — Protección de los menores — Principio de proporcionalidad).
Nota: véase en este blog la entrada correspondiente al día 15-2-2008.
-Asunto C-274/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 14 de febrero de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de España (Incumplimiento de Estado — Artículo 56 CE — Disposición nacional por la que se limitan los derechos de voto de los accionistas en las empresas del sector energético — Limitación aplicable a las entidades públicas).
Nota: véase en este blog la entrada correspondiente al día 15-2-2008.
-Asunto C-2/08: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte Suprema di Cassazione (Italia) el 2 de enero de 2008 — Amministrazione dell'Economia e delle Finanze, Agenzia delle Entrate/Fallimento Olimpiclub Srl.
Cuestión planteada: "¿Se opone el Derecho comunitario a la aplicación de una disposición de Derecho nacional como la prevista en el artículo 2909 del codice civile, dirigida a sancionar el principio de fuerza de cosa juzgada, cuando tal aplicación consagra un resultado contrario al Derecho comunitario, frustrando la aplicación del mismo, en sectores distintos del de las ayudas de Estado (véase al respecto la sentencia del Tribunal de Justicia de 18 de julio de 2007, Lucchini, C-119/05) y, en particular, en materia de IVA y de abuso del Derecho consumado para obtener ahorros fiscales indebidos, habida cuenta, en particular, del principio de Derecho nacional, tal como ha sido interpretado por la jurisprudencia de esta Corte, según el cual en los litigios tributarios, la cosa juzgada externa, cuando las apreciaciones amparadas por ella versan sobre un punto fundamental común a otros asuntos, tiene, respecto a éstos, fuerza vinculante aunque la sentencia se haya dictado en relación con un período impositivo distinto?
Más información: DOCE C79, 29-3-2008

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