Páginas

lunes, 23 de junio de 2008

Bibliografía - Novedad editorial


Me permitiréis por esta vez la inmodestia de hacerme algo de autopropaganda. En la editorial Colex acabo de publicar mi último libro, titulado "Los acuerdos internacionales de elección de foro".

En el libro he intentado realizar un estudio lo más completo posible del tratamiento que los acuerdos atributivos de jurisdicción reciben en el ordenamiento español. Para ello, en primer lugar, he analizado el tema desde la perspectiva de la normativa de origen no interno (capítulo 2), centrándome en el análisis de la regulación contenida básicamente en el Reglamento (CE) nº 44/2001 y en el Convenio de Lugano de 1988, aunque sin olvidarme de las disposiciones comunitarias específicas en materia de propiedad industrial. Al tratarse de normas de Derecho Procesal Internacional con una regulación sustantiva en la materia, la mayoría de cuestiones relacionadas con este tipo de acuerdos no suelen plantear problemas de determinación de la ley aplicable. Para completar el estudio del tema, he dedicado el capítulo 3 a la normativa española de origen interno, integrada fundamentalmente por la parca regulación contenida en el art. 22.2, inciso primero, de la LOPJ, y atendiendo también a otras normas con incidencia en este tema (p.ej., la normativa de protección de consumidores, entre otras). En este caso sí surgen problemas sobre la determinación de la ley aplicable a los diferentes aspectos de los acuerdos de sumisión, existiendo una tensión entre la aplicación de la lex fori a las cuestiones estrictamente procesales y la aplicación de otro ordenamiento jurídico a los aspectos materiales del acuerdo. El estudio de la normativa se ve complementado en todo momento con el análisis de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea y de los tribunales de otros países de la UE referida a la normativa comunitaria, así como de la jurisprudencia española. Esta última aporta la interpretación, en ocasiones discutible, de la normativa, con soluciones más o menos afortunadas a algunos problemas que surgen de su aplicación (p.ej, la utilización de la teoría del abuso de Derecho para invalidar acuerdos de jurisdicción).

A continuación os reproduzco un extracto del índice de la obra:
CAPÍTULO 1: JURISDICCIÓN Y VOLUNTAD DE LAS PARTES

I–LAS NORMAS QUE ATRIBUYEN JURISDICCIÓN A LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE UN ESTADO
1–Jurisdicción y competencia judicial internacional
2–Finalidad de las normas
3–La inmunidad de jurisdicción y los acuerdos atributivos de jurisdicción
II–LA PROROGATIO FORI Y LA DEROGATIO FORI COMO OBJETO DE LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN
III–LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN Y LA LEY APLICABLE AL FONDO DEL ASUNTO
IV–LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN Y EL RECONOCIMIENTO DE RESOLUCIONES EXTRANJERAS
V–NATURALEZA JURÍDICA DE LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN
1–Teorías sobre su naturaleza material
2–Teorías sobre su naturaleza procesal
3–Teorías sobre su naturaleza jurídica y Derecho Internacional Privado. La pluralidad de ordenamientos jurídicos aplicables a los acuerdos atributivos de jurisdicción

CAPÍTULO 2: LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN EN EL DERECHO PROCESAL CIVIL INTERNACIONAL ESPAÑOL DE ORIGEN NO INTERNO

I–NORMAS DE ORIGEN NO INTERNO SIN REGULACIÓN SUSTANTIVA ESPECÍFICA SOBRE ACUERDOS DE JURISDICCIÓN
II–NORMAS DE ORIGEN NO INTERNO CON REGULACIÓN SUSTANTIVA ESPECÍFICA SOBRE ACUERDOS DE JURISDICCIÓN
1–Ámbito de aplicación del artículo 23 del Reglamento 44/2001 y del artículo 17 de los Convenios de Lugano y de Bruselas
A)Ámbito ratione materiae
B)Ámbito temporal
C)Domicilio de una de las partes en un Estado miembro
D)Designación por las partes del tribunal de un Estado Miembro
E)Relaciones entre el Reglamento 44/2001 y el Convenio de Lugano
F)Los acuerdos atributivos de jurisdicción relativos a acciones derivadas de la normativa comunitaria en materia de propiedad industrial
G)¿Vinculación de alguno de los elementos del proceso con otro Estado? El denominado «carácter internacional» del litigio
2–Interpretación del concepto «convenio atributivo de competencia»
3–Atribución de jurisdicción mediante el documento constitutivo de un trust
4–Limitaciones a la conclusión de acuerdos atributivos de jurisdicción
A)Las competencias exclusivas
B)Protección de la parte jurídicamente débil
5–Forma de los acuerdos atributivos de jurisdicción
A)Acuerdos concluidos por escrito
B)Acuerdos concluidos verbalmente
C)Acuerdos concluidos en una forma que se ajuste a los hábitos establecidos entre las partes
D)Acuerdos concluidos en una forma conforme a los usos del comercio internacional
6–Efectos del acuerdo atributivo de jurisdicción válidamente concluido
A)Creación de una competencia exclusiva
B)Acuerdos atributivos de jurisdicción celebrados en favor de un sola parte
C)Efectos frente a terceros
D)Los acuerdos atributivos de jurisdicción y otros foros. Situaciones especiales

CAPÍTULO 3: LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN EN EL DERECHO PROCESAL CIVIL INTERNACIONAL ESPAÑOL DE ORIGEN INTERNO

I–CARÁCTER DE LA REGLAMENTACIÓN DE ORIGEN INTERNO FRENTE A LA DE ORIGEN NO INTERNO
II–ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 22.2, INCISO PRIMERO, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
1–Ámbito ratione materiae
2–Domicilio de las partes en Estados no miembros
3–Ámbito temporal
III–LA ADMISIBILIDAD DE LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN
1–Ley aplicable a la admisibilidad de los acuerdos
2–Límites a la admisibilidad de concluir acuerdos atributivos de jurisdicción
A)Límites comunes a la posibilidad de acordar (prorogatio fori) y derogar (derogatio fori) la jurisdicción de los tribunales españoles
B)Límites específicos a la posibilidad de acordar la jurisdicción de los tribunales españoles (prorogatio fori)
C)Límites específicos a la posibilidad de derogar la jurisdicción de los tribunales españoles (derogatio fori)
IV–LA EXISTENCIA Y LA VALIDEZ DE FONDO DE LOS CONVENIOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN
1–Ley aplicable a la existencia y validez de fondo de los acuerdos
A)Los acuerdos atributivos de jurisdicción incluidos en contratos
B)Los acuerdos atributivos de jurisdicción como objeto de un contrato independiente
2–Cuestiones relacionadas con la ley aplicable a la existencia y validez de fondo de los acuerdos atributivos de jurisdicción
V–LA FORMA DE LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN
VI–LOS EFECTOS PROCESALES DE LOS ACUERDOS ATRIBUTIVOS DE JURISDICCIÓN
1–Ley aplicable a los efectos procesales de los acuerdos
2–Carácter exclusivo del forum prorogatum
3–Efectos frente a terceros
4–Relación con el foro de la sumisión tácita

5 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  2. soy el adminstrador de iuriscivilis, blog dedicado al Derecho Civil Y Mercantil. Me ha sorprendido mucho la calidad del blog. En este mismo momento te hago un pinback de la entrada. Un saludo.

    ResponderEliminar
  3. Muchas gracias por el post y por la referencia en tu blog. Enhorabuena por IurisCivilis. Un saludo

    ResponderEliminar
  4. Los problemas de derecho internacional privado me encantan. Quiero comprar tu libro. Me podrias aconsejar la fuente mas barata para mi, tomando en cuanta que necesitaré que el libro me sia enviado à Montréal (Québec) Canada? (A titulo indicativo, una libreria queria cobrarme 21 Euros para mandarme el libre)

    ResponderEliminar
  5. Te agradezco mucho tu interés por mi libro, pero la verdad es que no sé cual es la manera más económica de adquirirlo en Canadá. Efectivamente, el principal inconveniente son los costes de envío. Lo único que se me ocurre es el sistema clásico, el que empleábamos antes de Internet y de que apareciera Amazon y otras librerías virtuales: ir a una librería de Québec y encargarle la obra. Ella realiza el pedido a su distribuidor y lo importa. Aun así, convendría preguntarle cuánto costará el libro, más que nada para evitar sorpresas de última hora ante un coste final excesivo.
    Un cordial saludo.

    ResponderEliminar

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.