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miércoles, 9 de julio de 2008

Jurisprudencia

-Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia de 13 Feb. 2008, rec. 2110/2004. Extranjeros. Anulación de resolución por la que se acuerda la expulsión de ciudadano búlgaro por estancia ilegal en España, así como, por encontrarse trabajando sin haber obtenido permiso de trabajo o autorización administrativa para trabajar y sin contar con autorización de residencia válida. Consecuencias de la incorporación a la Unión Europea de Rumanía y Bulgaria. A los ciudadanos de estos países, ciudadanos de la Unión Europea desde el 1 de enero de 2007, no se les puede sancionar actualmente con la expulsión por el simple hecho de no poseer la documentación personal en regla. Aplicación del principio de retroactividad de la norma sancionadora más favorable. La omisión y/o el retraso del cumplimiento de las formalidades administrativas a las que está sujeta su presencia en España no se puede catalogar como «estancia irregular». Resulta irrelevante si la sanción impuesta por la Administración en su día lo fue o no de forma correcta atendidos los hechos concurrentes y el marco normativo entonces vigente, lo relevante es que por obra de la evolución sobrevenida del ordenamiento jurídico, dicha conducta ha dejado de estar tipificada como infracción administrativa. Imposibilidad de sancionar, durante el período transitorio que resta hasta finales de 2008, a los ciudadanos rumanos y búlgaros que se encuentran trabajando por cuenta ajena, sin el correspondiente permiso o autorización.
Ponente: Fernández Valverde, Rafael.
Nº de Recurso: 2110/2004
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 6985, Sección La Sentencia del día, 9 Jul. 2008.
-Audiencia Provincial de Burgos, Sección 1ª, Sentencia de 5 Nov. 2007, rec. 219/2007. Delitos relativos a la propiedad intelectual. Elementos del tipo penal regulado en el artículo 270 CP. Doctrina jurisprudencial mayoritaria que considera atípica la conducta del «mantero» o vendedor de las copias. Burdas imitaciones que no engañan al cliente ni causan perjuicio a terceros.
Ponente: Marín Ibáñez, Francisco Manuel.
Nº de Sentencia: 256/2007
Nº de Recurso: 219/2007
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 6985, Sección Jurisprudencia, 9 Jul. 2008.

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