Resolución de 22 de septiembre de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Jávea, a la práctica de una anotación preventiva de embargo.
Nota: Determinación del régimen económico matrimonial, de un matrimonio entre dos personas de nacionalidad extranjera, con carácter previo a la inscripción de una anotación preventiva de embargo sobre un inmueble adquirido por los cónyuges e inscrita con sujeción a su REM.[BOE n.249, de 15-10-2008]
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