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lunes, 24 de noviembre de 2008

Bibliografía (Articulo doctrinal)


Las reformas estatutarias y la fragmentación de nuestro derecho civil: Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
Francisco LA MONEDA DÍAZ. Abogado. Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Civil de la Universidad de Extremadura. Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
Diario La Ley, Nº 7062, Sección Tribuna, 24 Nov. 2008
El presente artículo pretende poner de manifiesto que determinadas modificaciones que se han llevado a cabo por algunos estatutos de autonomía ponen en claro peligro la cohesión del Derecho Civil Común, pues si bien es cierto que el art. 149.18.º de la Constitución prevé un desarrollo, conservación y modificación de derechos civiles forales o especiales, ello no puede servir de pretexto para asumir otras competencias que claramente son de ámbito estatal, como ha reiterado en varias ocasiones nuestro Tribunal Constitucional. Es preciso tener en cuenta esta doctrina constitucional para aquellos estatutos que están en vías de reforma.

2 comentarios:

  1. Los Derechos Forales son una inagotable fuente de conomiento, que deberían complementar y enriquecen el Derecho Civil Común. Un saludo.

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  2. Precisamente el conflicto radica en la interpretación sui generis realizadas por algunas autonomías del inciso "sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan" del art. 149.1.8º CE. Un cordial saludo.

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