El impulso de la ciudadanía de la Unión Europea al reconocimiento intracomunitario de actos de estado civil (A propósito de la Sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de octubre de 2008: Grunkin-Paul y Standesamt Stadt Niebüll)
Ángeles LARA AGUADO, Profesora Titular de Derecho internacional privado de la Universidad de Granada
Diario La Ley, Nº 7104, Sección Doctrina, 30 Ene. 2009
Ángeles LARA AGUADO, Profesora Titular de Derecho internacional privado de la Universidad de Granada
Diario La Ley, Nº 7104, Sección Doctrina, 30 Ene. 2009
Comentario a la sentencia del TJCE de 14 de octubre de 2008 que declara que el art. 18 TCE se opone a que las autoridades de un Estado miembro, aplicando el derecho nacional, denieguen el reconocimiento del apellido de un niño tan como ha sido determinado e inscrito en otro Estado miembro en el que ese niño nació y reside desde entonces, y quien al igual que sus padres sólo posee la nacionalidad del primer Estado miembro.
Nota: Véase la Sentencia del TJCE de 14-10-2008 en el Asunto C‑353/06 (Grunkin y Paul).
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