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sábado, 14 de febrero de 2009

DOUE de 14-2-2009


-Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Nota: En relación con la actualización de las cantidades de referencia véanse DOUE C247, de 13-10-2006, p. 19; DOUE C153, de 6-7-2007, p. 22; DOUE C182, de 4-8-2007, p. 18; DOUE C57, de 1-3-2008, p. 38; DOUE C134, de 31-5-2008, p. 19.
-Actualización de la lista de pasos fronterizos mencionados en el artículo 2, apartado 8, del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Nota: En relación con la actualización de la mencionada lista véanse DOUE C316, de 28-12-2007, p. 1; DOUE C134, de 31-5-2008, p. 16; DOUE C177, de 12.7.2008, p. 9; DOUE C200, de 6.8.2008, p. 10; DOUE C331, de 31.12.2008, p. 13, DOUE C3, de 8.1.2009, p. 10.
[DOUE C37, de 14-2-2009]

Últimamente, la nefasta técnica legislativa de la Unión Europea nada tiene que envidiar a la nacional. Ejemplo de ello son los avatares que han sufrido estas dos actualizaciones, primero publicadas -por lo visto, incorrectamente-, luego "anuladas" por corrección de errores y, hoy, nuevamente publicadas. Todo ello en el breve lapso de menos de una semana. Véanse las entradas de este blog del día 10-2-2009 y del día 13-2-2009.

Ahora que hablamos de las "buenas maneras" legislativas de la UE, conviene recordar que el DOUE L339, de 21-12-2007 publicó el texto del nuevo Convenio de Lugano, en el que se contenían graves errores en relación con la versión oficial española de los arts. 19 y 21. Graves errores que convierten en inaplicables estos preceptos (véase la entrada de este blog del día 23-2-2008). Han transcurrido casi 14 meses y todavía no se han corregido estos errores. Quizás la UE esta demasiado ocupada -y no le queda tiempo- publicando versiones equivocadas de disposiciones y luego anulándolas mediante corrección de errores.

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