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lunes, 20 de abril de 2009

Jurisprudencia - Fiscalidad internacional sociedades


Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 31 Mar. 2008, rec. 840/2004: Impuesto sobre sociedades. Contrato de distribución celebrado entre una sociedad suiza no residente y una sociedad residente en España del mismo Grupo. Rendimientos, obtenidos sin mediación de establecimiento permanente, satisfechos por la residente como consecuencia del contrato suscrito y responden a pagos por la cesión de uso de derechos de propiedad intelectual, por lo que la contraprestación percibida es un canon a efectos del artículo 12 del Convenio Hispano-Suiza y, como tal, sometida a tributación. Los tres productos que contempla el contrato son auténticas bases de datos en sentido legal. La tributación de los sujetos pasivos no residentes que operan en España sin establecimiento permanente se produce de forma separada por cada devengo total o parcial de renta sometida a gravamen. Debe tomarse como fecha de devengo correspondiente al no residente la de las facturas emitidas por la residente, que es la fecha que determina la exigibilidad del pago.
Ponente: Córdoba Castroverde, María de la Esperanza.
Nº de Recurso: 840/2004
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7151, Sección Jurisprudencia, 7 Abr. 2009, y Nº 7157, Sección Jurisprudencia, 20 Abr. 2009

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