Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 16 Julio 2009, rec. 1000/2005: Propiedad industrial. Protección en España de nombre comercial extranjero de país signatario del Convenio de la Unión de París de 1883. Interpretación arts. 2 y 8 del Convenio. Es necesario el uso efectivo o el conocimiento notorio del nombre en España. Moderna doctrina jurisprudencial sobre la materia. Acción de nulidad de marca por existencia de un nombre comercial o denominación social prioritaria (art. 9.1 d) Ley de Marcas de 2001). Es necesario el uso del nombre comercial o la denominación social en el «conjunto del territorio nacional», sin que sea suficiente el que tiene lugar en una localidad o comarca.
Ponente: Corbal Fernández, Jesús.
Nº de Sentencia: 528/2009
Nº de Recurso: 1000/2005
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 7246, Sección Jurisprudencia, 22 Septiembre 2009
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