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viernes, 19 de febrero de 2010

BOE de 19.2.2010


Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Nota: En la exposición de motivos de esta disposición se explican las modificaciones que introduce en diversas normas del ordenamiento español. Entre otras, cabe destacar las siguientes:
"Se modifica el Real Decreto 2259/1994, de 25 de noviembre, por el que se regulan los almacenes farmacéuticos y la distribución al por mayor de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos, en dos aspectos: por un lado, se elimina la mención a la obligatoriedad de colegiación del director técnico farmacéutico de un almacén de distribución de medicamentos y productos farmacéuticos ya que dicha obligación solo puede ser determinada por ley a tenor de la nueva redacción de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; por otro lado, se modifica la mención al «personal suficiente» de que debe disponer un almacén de distribución de productos farmacéuticos, al constituir un requisito «evaluable» en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Directiva de Servicios.
Se elimina también la posibilidad de establecer un régimen de autorización para las actividades de distribución y venta al público de los productos sanitarios para diagnóstico «in vitro», regulados en el Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sustituyendo dicha autorización previa por un sistema de vigilancia e inspección permanente de las empresas dedicadas a dichas actividades por parte de las autoridades sanitarias competentes en cada comunidad autónoma.
Por último, se modifica el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, para su adaptación a la derogación del artículo 18.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, que establecía la diferenciación entre los efectos académicos y profesionales del reconocimiento de los títulos de especialista en Ciencias de la Salud, encomendado al Ministerio de Sanidad y Política Social.
Además, se deroga el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos, suprimiéndose por tanto dos de los elementos esenciales del mismo que entraban en conflicto con la Directiva de Servicios: la autorización administrativa previa por parte de las autoridades competentes (en general, las comunidades autónomas) de las entidades formadoras de manipuladores de alimentos y los programas a impartir por dichas entidades."

Véase la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, así como la Ley 25/2009, de 22 de diciembre. Véanse igualmente las entradas de este blog del día 24.11.2010 y del día 23.12.2010.
[BOE n. 44, de 19.2.2010]

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