-Ley 3/2010 de la Comunidad Autónoma de Aragón, de 7 de junio, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/2003, de 27 de febrero, del Turismo de Aragón.
[BOE n. 172, de 16.7.2010]
Nota: El número cuatro del artículo único de esta norma modifica el art. 26 de la de la Ley 6/2003, estableciendo en relación con la autorización previa para el ejercicio de actividades turísticas que "los empresarios turísticos que dispongan de una autorización otorgada por otras Comunidades Autónomas o por las autoridades competentes de cualquier Estado miembro de la Unión Europea para la prestación de servicios de turismo activo no requerirán de la autorización regulada en este artículo, debiendo únicamente efectuar la comunicación previa regulada en el artículo 26 bis de esta Ley" (art. 26.2).-Resolución de 30 de junio de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura para el tercer trimestre de 2010.
Por su parte, en el número ocho se da nueva redacción al art. 28, en el que se regula la obligación para los empresarios turísticos la necesidad de suscribir seguros obligatorios. El art. 28.3 establece que "los empresarios turísticos establecidos en otras Comunidades Autónomas o en otros Estados miembros de la Unión Europea que cuenten con seguros de coberturas inferiores a las exigidas de acuerdo con lo previsto en este artículo deberán mejorar sus pólizas hasta alcanzar las coberturas mínimas".
[BOE n. 172, de 16.7.2010]
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