SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 8 de julio de 2010, en el Asunto C-171/08 (Comisión/Portugal): Incumplimiento de Estado – Artículos 56 CE y 43 CE – Libre circulación de capitales – Acciones especiales (“golden shares”) del Estado portugués en Portugal SGPS SA – Restricciones a la adquisición de participaciones y a la intervención en la gestión de una empresa privatizada – Medida estatal.
Fallo del Tribunal: "Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 56 CE, al mantener en Portugal Telecom SGPS SA derechos especiales como los previstos en los estatutos de la referida sociedad a favor del Estado y de otras entidades públicas, atribuidos en relación con acciones privilegiadas («golden shares») del Estado en Portugal Telecom SGPS SA."
Nota: Este fallo posee una gran importancia en estos momentos en los que Portugal vuelve a obstaculizar la compra de participaciones sociales de Portugal Telecom por parte de Telefónica. Lamentablemente, Portugal persiste en sus errores, pues no es la primera vez que es condenada por el Tribunal comunitario por el tema de las denominadas acciones de oro, o "golden shares", mediante las que el Estado se reserva el control de accionariado de las antiguas empresas públicas que han sido privatizadas. Mediante este mecanismo se controla --más bien, se obstaculiza-- la compra de participaciones sociales de estas empresas, lo que supone una restricción al libre movimiento de capitales. Véase la STJUE de 4.6.2002, en el Asunto C-367/98 (Comisión/Portugal).
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.