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martes, 11 de enero de 2011

BOE de 11.1.2011


Circular 6/2010, de 21 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre operaciones con instrumentos derivados de las instituciones de inversión colectiva.
Nota: De esta disposición cabe destacar las siguientes normas:
  • Norma 3ª, núm. 3, p. 4º y 5º: Se considera que no incorporan un derivado implícito, a efectos del cumplimiento de los límites establecidos en la Circular, determinadas inversiones en fondos de titulización española no subordinada y extranjera equivalentes.
  • Norma 17ª, núm. 2, letra c): Factores para determinar los criterios cualitativos y cuantitativos en relación con las posiciones denominadas en divisas a efectos de determinar el valor en riesgo (VAR).
  • Norma 22ª, núm. 1, letra g), p. 1º y 3º: Referencia a determinados depósitos en entidades de crédito con sede en un Estado miembro de la UE o en cualquier Estado miembro de la OCDE sujeto a supervisión prudencial, y a la deuda pública emitida o avalada por un Estado miembro de la UE o cualquier Estado miembro de la OCDE, como activos que pueden utilizarse para reducir el riesgo de contraparte de sus operaciones.
  • Norma 22ª, núm. 2, letra d), p. 1º y 3º: Posibilidad de las instituciones de inversión colectiva de reinvertir el efectivo obtenido como garantía en determinados depósitos en entidades de crédito con sede en un Estado miembro de la UE o en cualquier Estado miembro de la OCDE sujeto a supervisión prudencial, así como en deuda pública emitida o avalada por un Estado miembro de la UE o cualquier Estado miembro de la OCDE.
  • Norma 27ª, núm. 1, letras a), b) y c) p. 3º: Principios para la valoración de opciones de tipo o ejercicio europeo a efectos de la valoración de posiciones en instrumentos derivados.
  • DA 5ª: Modifica la Circular 1/2006 de la CNMV, sobre instituciones de inversión colectiva de inversión libre, a efectos de tener en cuenta en el cálculo de los recursos exigibles de las sociedades de gestión de las instituciones de inversión colectiva las comisiones obtenidas por gestión de instituciones extranjeras similares a las contempladas en esa Circular.
[BOE n. 9, de 11.1.2011]

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