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martes, 25 de enero de 2011

Jurisprudencia - Internet


Audiencia Provincial de Madrid, Sección 1ª, Auto de 27 Abr. 2010, rec. 51/2010: Delitos relativos a la propiedad intelectual. Confirmación del Auto de sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones relativas a la página web «www.rojadirecta.com», basada en "elinks" que permiten bajar, a través de programas de intercambio "puerto a puerto" archivos o ficheros de contenido diverso, en concreto, partidos de fútbol emitidos en otros países y cuyos derechos de explotación en España corresponden a la sociedad querellante. Los responsables de la página no realizan de forma directa actos de comunicación pública de obras protegidas por la LPI ya que no alojan en sus archivos los títulos descargados, sólo favorecen esa conducta en la medida en que seleccionan, ordenan e informan sobre la forma de acceder a las páginas que ofrecen la retransmisión de partidos. Los archivos facilitan la descarga pero no pueden equipararse a ésta, por lo que, en principio podrían calificarse de actos de mera intermediación. Los gestores de la página no facilitan la desprotección de los códigos claves para el visionado de los eventos deportivos, ni realizan conexiones con programas de desprotección, sino que facilitan únicamente el visionado de programas de televisión emitidos en abierto. Ausencia de ánimo de lucro. El imputado no obtenía ningún tipo de beneficio por servir de link, sino por la remuneración indirecta de la publicidad del portal.
Ponente: Porres Ortiz de Urbina, Eduardo.
Nº de Auto: 364/2010
Nº de Recurso: 51/2010
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 7554, Sección Jurisprudencia, 25 Ene. 2011

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