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viernes, 10 de junio de 2011

Bibliografía (Artículo doctrinal) - Competencia de las CCAA en materia de Derecho Civil


¿Qué fue del artículo 149.1.8.ª de la Constitución? Diálogo entre tres civilistas a propósito de la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña
Mariano Yzquierdo Tolsada, Catedrático de Derecho Civil, Colaborador de CMS Albiñana & Suárez de Lezo
Diario La Ley, Nº 7649, Sección Doctrina, 10 Jun. 2011
Lejos de ser la presente una exposición doctrinal convencional, la misma plantea un diálogo entre civilistas que tienen una diferente manera de entender cuáles son los límites de la competencia legislativa de las Comunidades Autónomas en materia de Derecho civil, a la vista de la STC sobre el Estatuto de Cataluña y a la vista de lo previsto en los nuevos Estatutos de Autonomía. Su autor entiende que la civilística española lleva demasiados años diciendo las mismas cosas sin que se logre detener la avidez del legislador autonómico, y ello aconsejaba a su juicio un género literario diferente al habitual, y que tiene su hábitat natural en la literatura dramática y es poco frecuente en el terreno de los prosaicos estudios jurídicos. Las diferentes maneras de interpretar el alambicado art. 149.1.8.ª CE han dado lugar a un debate doctrinal próximo a la violencia dialéctica, en el que se hace conveniente que la palabra escrita permita también revelar intenciones y estados de ánimo. Revelar, en definitiva, lo que no se puede ver en las exposiciones doctrinales al uso.

Nota: Véase la Sentencia TC 31/2010, de 28.6.2010, así como la entrada de este blog del día 9.7.2010.

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