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viernes, 2 de septiembre de 2011

Jurisprudencia - Extranjería


Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 22ª, Sentencia de 14 Mar. 2011, rec. 51/2010: Detención ilegal. Agravante de parentesco. Encierro por el marido a su esposa marroquí en el propio domicilio familiar, del que ésta no podía salir motu propio. La vivienda estaba protegida con barrotes en las ventanas y las puertas de salida se cerraban con llave, de las que sólo disponía el marido. Irrelevancia de las motivaciones o móvil para la comisión del delito, no precisando el tipo un dolo específico. No concurre el subtipo agravado por la duración de la detención del art. 163.3 CP, aunque el confinamiento duró más de un año. La privación de libertad adquiere relevancia típica a partir del momento en el que la víctima manifiesta su deseo de desplazarse libremente y no puede hacerlo. Inicial consentimiento por la mujer de la situación por razones educacionales, socio-culturales, familiares o de interiorización del dominio patriarcal, hasta que se rebela contra su propia aquiescencia y deja de aceptar la privación de su libertad ambulatoria. Rescate y liberación de la víctima por los Mossos d'Esquadra al día siguiente de denunciarse los hechos. Inviolabilidad del domicilio. Inexistencia de situación de flagrancia cuando acceden los agentes a la vivienda. Validez de la entrada por el consentimiento otorgada por la víctima del delito como moradora de la misma, que legitima la acción liberadora de sus auxiliadores, pero no de la inspección y registro del domicilio, que requería consentimiento del otro morador o resolución judicial. Obstrucción a la Justicia. Absolución. Ausencia de empleo de violencia o intimidación en el intento de influir el sentido de la declaración del testigo de los hechos por el acusado.
Ponente: Uría Martínez, Joan Francesc.
Nº de Sentencia: 157/2011
Nº de Recurso: 51/2010
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 7686, Sección Jurisprudencia, 2 Sep. 2011.

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