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domingo, 13 de noviembre de 2011

Bibliografía (Revista de revistas) - InDret 4.11


Contribuciones seleccionadas de la Revista jurídica electrónica InDret, publicadas en el núm. 2011-4:
-Sexo, drogas y rock & roll... en Luxemburgo
Ricardo Alonso García, Facultad de Derecho (Universidad Complutense de Madrid)
InDRET, 2011, núm. 4
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Descripción del protagonismo de la tríada hippy de los 60 y 70 en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea vinculada al funcionamiento del mercado interior, que reclama su prolongación en el terreno del espacio de libertad, seguridad y justicia.
-Explaining Reservations to the OECD Model Tax Convention: An Empirical Approach
Alberto Vega, School of Law (Universitat Pompeu Fabra); Ilja Rudyk, Department of Economics (Ludwig-Maximilians-Universität München)
InDRET, 2011, núm. 4
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Even though the OECD Model Tax Convention is not legally binding, both member and non-member States of the OECD have included reservations to express their disagreement with certain aspects. In order to explain why the number of reservations included varies so greatly from country to country, we have formulated several hypotheses which we have tested empirically. The results of our analysis show that being an OECD member (which is strongly and positively correlated with GDP per capita) or a net capital exporter are factors associated with fewer reservations. Thus, despite having a worldwide influence, the OECD Model serves better the interests of developed States.
-Competencias autonómicas en los procesos de concentración de empresas
Francisco Marcos, Fellow, Center for European Studies/IE, IE Law School (Madrid)
InDRET, 2011, núm. 4
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La descentralización de la aplicación de la legislación de defensa de la competencia en España ha conducido a la creación por las Comunidades Autónomas de organismos y autoridades administrativas encargadas de ese cometido. En la actualidad la mayoría de procedimientos sancionadores que se incoan en nuestro país se ventilan ante las autoridades autonómicas, que desempeñan otras funciones consultivas y de promoción y abogacía de la competencia. En materia de control de operaciones de concentración de empresas, sin embargo, hasta la fecha la legislación estatal sólo contempla una muy limitada intervención consultiva de las autoridades autonómicas en aquellas operaciones que tengan una incidencia significativa en el ámbito autonómico. El recurso de inconstitucionalidad del gobierno canario en 2008 contra la Ley de Defensa de la Competencia por la limitación de las competencias autonómicas en esta materia, la reforma del estatuto de autonomía de Cataluña en 2006 y la STC 31/2010, de 28 de junio, permiten considerar la posibilidad de que en el futuro exista un control autonómico de las concentraciones empresariales. En el marco de la singular experiencia de descentralización de la defensa de la competencia en España, este trabajo examina esa cuestión y las implicaciones que podrían tener las eventuales potestades autonómicas en materia de control de concentraciones.
-Anatocismo, Derecho español y Draft Common Frame of Reference
María Medina Alcoz, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (Universidad Rey Juan Carlos), Red Española de Derecho Privado Europeo y Comparado (REDPEC)
InDRET, 2011, núm. 4
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Este trabajo analiza los preceptos que el Draft Common Frame of Reference dedica al anatocismo y los compara con su regulación actual del Derecho español. Partiendo del concepto de anatocismo, se examina cómo ha sido tratado con disfavor a lo largo de la historia, cómo se consagró legislativamente y cuáles son las tendencias europeas en su regulación. Se parte, además, de la naturaleza estrictamente moratoria de los intereses anatocísticos, pues su función es indemnizar el lucro cesante derivado de la indisponibilidad de los intereses simples por parte del acreedor y no castigar el deudor moroso. Dentro del Derecho español, se distingue la regulación civil y la regulación mercantil y, en ambas, el anatocismo legal y el convencional. Se resaltan las cuestiones más problemáticas de la figura, como la exigencia de reclamación judicial, los intereses susceptibles de devengar intereses anatocísticos, el tipo de interés aplicable, las tres fórmulas anatocísticas y el requisito de que se trate de intereses vencidos. A continuación, tras la exposición de la regulación en el Draft Common Frame of Reference se elaboran una serie de conclusiones comparativas para mejorar su tratamiento normativo.
-Negocia o Atente a las Consecuencias. La Condena en Costas en los Derechos del Common Law y su Aplicación en el Proceso Civil Español
Pablo Cortés, School of Law (University of Leicester); Francisco Sotelo, Abogado
InDRET, 2011, núm. 4
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La adjudicación de conflictos civiles es cara y lenta; además, la mayoría de los tribunales están sobrecargados de casos pendientes. Con el objetivo de acelerar la resolución de pleitos las jurisdicciones del common law promueven el acuerdo entre las partes. El presente trabajo analiza el concepto de las propuestas de acuerdo que se llevan a cabo en Inglaterra, Irlanda y los Estados Unidos. Las propuestas de acuerdo son ofertas confidenciales que pueden hacer uno de los litigantes al otro en los tribunales de tradición anglosajona. Estos acuerdos tienen consecuencias automáticas de condena en costas. El presente trabajo indaga sobre los motivos por los cuales dicha figura procesal –de gran éxito– no ha sido implementada en los países de tradición jurídica romana, en particular dentro del derecho procesal en España.
-Sobre la primera cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional. Bases, contenido y consecuencias
Luís Arroyo Jiménez, Facultad de Derecho (Universidad de Castilla-La Mancha)
InDRET, 2011, núm. 4
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Este artículo analiza los presupuestos, el contenido y las implicaciones de la primera cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (ATC 86/2011, de 9 de junio), en el marco de un recurso de amparo interpuesto por un ciudadano italiano condenado en ausencia por las autoridades judiciales de ese Estado miembro, contra una resolución de la Audiencia Nacional dictada en ejecución de una orden europea de detención y entrega. El Tribunal Constitucional se interroga, en esencia, acerca de la interpretación y la validez del artículo 4 de la Decisión Marco que regula esta figura, así como sobre la interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y sus relaciones con las Constituciones de los Estados miembros. El artículo se centra especialmente en el análisis de las consecuencias de esta remisión prejudicial sobre la doctrina tradicional del Tribunal Constitucional en materia de condenas penales impuestas en ausencia, así como sobre su posición institucional y legitimidad.
-¿Pena o combate de peligros? Los principios del derecho internacional penal alemán ante el foro de la teoría de la pena
Michael Pawlik (Universität Regensburg)
InDRET, 2011, núm. 4
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El presente artículo lleva a cabo un análisis de los fundamentos que subyacen a los principios del derecho internacional penal alemán. A una visión centrada en el paradigma de la protección de bienes jurídicos, que no puede dar cuenta de las limitaciones al ámbito de acción espacial de la potestad punitiva del Estado, el artículo contrapone una lectura de dichos principios centrada en una teoría de la pena retributiva: los principios del derecho internacional penal establecerán las condiciones espaciales que deben cumplirse para que el Estado pueda reclamar la existencia de una relación entre el autor y el Estado que permita caracterizar acciones delictivas del primero como incumplimiento de una obligación para con el Estado en cuestión. Con ello, los principios del derecho internacional penal no serían simples limitaciones a la capacidad de ejercicio de la jurisdicción penal por parte del Estado, sino parte de las normas de comportamiento penales.
Últimos números: 4.2010, 1.2011, 2.2011, 3.2011.

2 comentarios:

  1. Hola me gustaria saber donde puedo encontrar este documento, ya que no puedo abrirlo, me salta error al intentar abrirlo.

    -Sobre la primera cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional. Bases, contenido y consecuencias
    Luís Arroyo Jiménez, Facultad de Derecho (Universidad de Castilla-La Mancha)
    InDRET, 2011, núm. 4

    Es muy importante para hacer un trabajo, muchas gracias anticipadamente.

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    1. Hola, Karina,
      No me explico cuál es el problema que tienes, porque acabo de probarlo, pulsando sobre el enlace del post, y el artículo se me ha cargado sin problema. De todas maneras, prueba poniendo en el navegador el enlace directo del trabajo, que es éste:
      http://www.indret.com/pdf/850_es.pdf
      Espero que te vaya bien... y buena suerte con el trabajo.
      Un cordial saludo

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