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sábado, 5 de noviembre de 2011

DOUE de 5.11.2011


-Directiva 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.
Nota: Esta norma tiene por objeto facilitar el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial y la consiguiente aplicación de sanciones, cuando dichas infracciones se cometan con un vehículo matriculado en un Estado miembro distinto de aquel en que se cometió la infracción (art. 1). Se aplica a las infracciones de tráfico en materia de seguridad vial recogidas en el art. 2: exceso de velocidad; no utilización del cinturón de seguridad; no detención ante un semáforo en rojo; conducción en estado de embriaguez; conducción bajo los efectos de drogas; no utilización del casco de protección; circulación por un carril prohibido; utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

Esta Directiva ha sido anulada por sentencia del TJUE de 6 de mayo de 2014, en el Asunto C‑43/12 (Comisión/Parlamento y Consejo).

-Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y transferencia de datos del registro de nombres de pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia.
Nota: Véase los documentos COM(2011) 280 final (Bruselas, 19.5.2011) y COM(2011) 281 final (Bruselas, 19.5.2011).

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