El acuerdo de la Sala Primera del TS sobre criterios de admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal: un análisis de urgencia
Agustín MACÍAS CASTILLO, Profesor Encargado de Cátedra (UPSA), Abogado
Diario La Ley, Nº 7804, Sección Tribuna, 23 Feb. 2012
Agustín MACÍAS CASTILLO, Profesor Encargado de Cátedra (UPSA), Abogado
Diario La Ley, Nº 7804, Sección Tribuna, 23 Feb. 2012
El presente artículo analiza el reciente Acuerdo de la Sala Primera del Tribunal Supremo después de la reforma introducida por la Ley 37/2011, de Medidas de Agilización Procesal, por lo que respecta a los nuevos criterios de admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal. La Sala interpreta la reforma y establece las pautas y requisitos para la admisión de los recursos, así como una puesta al día del concepto de interés casacional.
Nota: Véase el Acuerdo de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 30 de diciembre de 2011, así como las entradas de este blog del día 3.1.2012 y del día 22.2.2012.
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