-Corrección de errores del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
Nota: Y aquí llega la corrección de errores de, nada menos, cinco nutridas páginas (!!!). O nos pensamos seriamente en despedir al mecanógrafo responsable de tal desaguisado u optamos por introducir en los Tratados de teoría general de Derecho español una nueva fuente del Derecho: la corrección de errores.-Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno del Reino de Marruecos en materia de cooperación policial transfronteriza, hecho "ad referendum" en Madrid el 16 de noviembre de 2010.
Véase el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril. Para ver cómo queda el nuevo texto de la norma (en los preceptos que interesan a efectos de este blog), una vez corregidos los errores, véase la entrada de este blog del día 24.4.2012.
Sobre la modificación de este Real Decreto-ley a través del expediente de la corrección de errores véase B. LOZANO CUTANDA, "Medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud: modificaciones vía «corrección de errores»", diariolaley.es, 23 May. 2012.
Nota: Este Acuerdo entrará en vigor el 20.5.2012.-Resolución de 14 de mayo de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de mayo de 2012, por el que se establecen medidas en relación con la aplicación del Acuerdo de 3 de diciembre de 2007, sobre condiciones de trabajo para el personal laboral que presta servicios en el exterior al servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos.
Nota: Se suspende por período de 24 meses el apartado 17, referido a los derechos de representación colectiva del personal laboral que presta servicios en el exterior al servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, del Acuerdo de 3 de diciembre de 2007, de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre condiciones de trabajo para el mencionado personal. Igualmente se suspende por el mismo período el Acuerdo de 9 de junio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado por el que se establece el procedimiento para la elección de órganos de representación del personal laboral de la Administración General del Estado en el exterior.-Ley 7/2012 de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de 23 de abril, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
Sobre los citados acuerdos véanse las entradas de este blog del día 8.2.2008 y del día 13.7.2011.
Nota: Esta disposición modifica las siguientes leyes:[BOE n. 116, 15.5.2012]Véase la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
- Ley 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi.
- Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Ley 7/1994, de 27 de mayo, de la actividad comercial.
- Ley 6/1994, de 16 de marzo, de ordenación del turismo.
- Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola.
- Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco.
- Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales.
- Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.
- Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar.
- Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
- Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.