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viernes, 8 de junio de 2012

Congreso de los Diputados- Proyecto de Ley


Proyecto de Ley sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero (procedente del Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo) (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 12-1, de 8.6.2012).
Nota: Véase el Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, y su corrección de errores, así como las entradas de este blog del día 12.5.2012 y del día 30.5.2012.

El proyecto de Ley tiene, al igual que el real Decreto-ley, una disposición final segunda mediante la que se añade la disposición adicional cuarta al texto refundido de la Ley del impuesto sobre la renta de no residentes con el siguiente contenido, por cierto, el mismo del Real Decreto-ley 18/2012:
«Disposición adicional cuarta. Exención parcial en ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de determinados bienes inmuebles.
Estarán exentas en un 50 por ciento las ganancias patrimoniales obtenidas sin mediación de establecimiento permanente en España, derivadas de la enajenación de bienes inmuebles urbanos situados en territorio español, que hubiesen sido adquiridos a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012.
No resultará de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior cuando concurran las circunstancias previstas en el segundo párrafo de la disposición adicional trigésima séptima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, o tratándose de entidades, las circunstancias previstas en el último párrafo de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.»

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