Nota: Esta reforma afecta a la composición de la Gran Sala del Tribunal de Justicia, aumentando el número de Jueces que pueden participar en la Gran Sala del Tribunal de Justicia y suprimiendo la participación sistemática de todos los Presidentes de las Salas de cinco Jueces. Ello se hace para reforzar la participación de todos los Jueces en las resoluciones adoptadas por la Gran Sala. Por otro lado, se adoptan diversas medidas para hacer frente al problema de los retrasos provocados por la carga de trabajo del Tribunal General. También se adoptan modificaciones que atañen al Tribunal de la Función Pública con el objeto de garantizar su correcto funcionamiento. Finalmente, para permitir un correcto funcionamiento de los tribunales especializados en ausencia de un Juez con algún impedimento duradero para participar en la resolución de los asuntos, se establece la posibilidad de adscribir Jueces suplentes a dichos tribunales.[DOUE L228, de 23.8.2012]
Véase el Protocolo (nº 3) sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión europea.
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jueves, 23 de agosto de 2012
DOUE de 23.8.2012
Reglamento (UE, Euratom) nº 741/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de agosto de 2012, por el que se modifica el Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su anexo I.
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