-Instrumento de Ratificación del Protocolo de enmienda al Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecho en París el 27 de mayo de 2010 y texto consolidado del Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecho en Estrasburgo el 25 de enero de 1988.
Nota: Este Protocolo entrará en vigor para España el 1.1.2013.Véase el Texto enmendado del Convenio conforme a las disposiciones del Protocolo, que entró en vigor con carácter general el 1.6.2011.
-Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos.
Nota: En esta disposición pueden destacarse los siguientes preceptos:-Art. 19.1.j): Pueden ser accionistas de la SAREB (Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, SA), entre otros, "las entidades extranjeras, cualquiera que sea su denominación o estatuto, que, de acuerdo con la normativa que les resulte aplicable, ejerzan determinadas actividades recogidas en las letras anteriores del mismo apartado 1.-Art. 21.3: Los miembros del Consejo de Administración, directores generales y asimilados de la SAREB deberán ser personas de reconocida honorabilidad comercial y profesional y deberán poseer conocimientos y experiencia adecuados para ejercer sus funciones. Se entenderá que carecen de tal honorabilidad quienes, en España o en el extranjero, tengan antecedentes penales por delitos dolosos, estén inhabilitados para ejercer cargos públicos o de administración o dirección de entidades financieras o estén inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, mientras no haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso y los quebrados y concursados no rehabilitados en procedimientos concursales anteriores a la entrada en vigor de la referida ley".
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.