Real Decreto 398/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Doctores de España.
Nota: El art. 6 establece que "podrán ser nombrados Doctores Académicos de Honor los Doctores españoles o extranjeros que por sus relevantes servicios prestados a la Academia o por sus trabajos meritorios en el ámbito de las Letras, las Ciencias, las Artes y la Tecnología hayan logrado un notorio prestigio".
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