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viernes, 2 de agosto de 2013

El Consejo de Ministros aprueba las normas sobre becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014


El Consejo de Ministros celebrado hoy ha aprobado el Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014 y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. Esta norma, por un lado, fija para el curso académico 2013-2014 los parámetros económicos del sistema general de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, que se convocan sin número determinado de personas beneficiarias. Por otro lado, precisa las cuantías y los umbrales de patrimonio y renta familiar por debajo de los cuales se tiene derecho a las ayudas.

Según la referencia del Consejo de Ministros, y a la espera de la publicación del texto definitivo en el BOE, las novedades introducidas por esta norma son las siguientes:

1) Los umbrales de renta y patrimonio patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de las becas y ayudas al estudio se mantienen respeto del curso anterior, si bien los cinco umbrales del curso 2012-2013 se han agrupado en tres.

2) Se establece un nuevo sistema de concesión, que consta de dos partes. Por un lado, se fija un núcleo básico en el que se establecen unas cuantías fijas, que incluyen las cantidades que garantizan el derecho a la educación a las rentas más bajas, una cuantía por residencia para aquellos que se desplazan, y la exención de los precios públicos. Por otro lado, se establece una cuantía variable, cuyo importe, para convocatoria y beneficiario, se distribuye a través de una fórmula que tiene en cuenta la renta familiar y el rendimiento académico de cada beneficiario, de manera que a menor renta y mayor rendimiento, mayores importes individuales. Por lo que se refiere a los alumnos universitarios, las cuantías son las siguientes:
  • Umbral 1: beca de matrícula, cuantía fija ligada a la renta por 1.500 euros, en su caso cuantía fija ligada a la residencia por 1.500 euros, y una cuantía variable según el rendimiento del alumno y su renta familiar que como mínimo será de 60 euros.
  • Umbral 2: beca de matrícula, en su caso cuantía fija ligada a la residencia por 1.500 euros, y una cuantía variable según el rendimiento del alumno y su renta familiar que, como mínimo, será de sesenta euros.
  • Umbral 3: beca de matrícula.
Además de lo anterior, los alumnos universitarios que realicen un curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años, un proyecto de fin de carrera, o enseñanza a distancia, o con matrícula parcial, recibirán la beca de matrícula y, además, la cuantía mínima variable si se encuentran dentro del umbral 2. Como en años anteriores, se asignarán cuantías adicionales por residencia en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Se mantienen los subsidios y ayudas del curso 2012-2013 para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (transporte, comedor, residencia, material escolar, reeducación pedagógica o del lenguaje), que se incrementarán hasta en un 50 por 100 cuando el alumno tenga una discapacidad motora superior al 65 por 100. Para los alumnos universitarios con discapacidad igual o superior al 65 por 100, las cuantías fijas se podrán incrementar hasta en un 50 por 100. Los alumnos con altas capacidades dispondrá de las mismas ayudas que en el curso 2012-2013 para gastos de inscripción y asistencia a programas específicos.
Todos los alumnos con una renta familiar dentro del umbral máximo (Umbral 3 --antiguo umbral 5-- 38.831 euros para una familia de 4 miembros) tendrán derecho a beca; como mínimo, la exención de tasas de matrícula o la beca básica de 200 euros.

3) Los nuevos requisitos académicos para el curso académico 2013-2014 en relación con las enseñanzas universitarias son los siguientes:
  • Para los alumnos que cursen enseñanzas conducentes a un título oficial de grado (y enseñanzas universitarias de primer y segundo ciclo):
- En el primer curso será necesario haber obtenido 5,5 puntos en las pruebas de acceso, con exclusión de la fase específica para el acceso a la beca de matrícula, y 6,5 puntos para el resto de cuantías.
- Segundo y posteriores cursos: para acceder a la beca de matrícula se requerirá superar el 65 por 100 de los créditos del curso anterior en Enseñanzas Técnicas y en Ciencias, el 80 por 100 en Ciencias de la Salud, y el 90 por 100 en Ciencias Sociales y Jurídicas y en Artes y Humanidades. Para acceder al resto de cuantías se requerirá alternativamente cumplir una de estas dos condiciones: superar el 85 por ciento de los créditos en el caso de estudiantes de Enseñanzas Técnicas y el 100 por cien en el caso de las demás ramas de estudios, o bien obtener una nota media de 6,00 puntos en Enseñanzas Técnicas y Ciencias o de 6,50 puntos en el resto de titulaciones.
  • Enseñanzas conducentes a un título oficial de máster: las calificaciones medias requeridas tanto para primer como para segundo curso serán de 6,50 si es habilitante para el ejercicio de una profesión regulada y de 7,00 puntos para el caso de los másteres que no habilitan ejercicio de una profesión regulada. Además, en segundo curso se exigirá haber superado todos los créditos del primero.

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