SENTENCIAS
-Asunto C-414/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de julio de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Polymeles Protodikeio Athinon — Grecia) — Daiichi Sankyo Co. Ltd, Sanofi-Aventis Deutschland GmbH/DEMO Anonymos Viomichaniki kai Emporiki Etairia Farmakon [Política comercial común — Artículo 207 TFUE — Aspectos comerciales de la propiedad intelectual — Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) — Artículo 27 — Materia patentable — Artículo 70 — Protección de la materia existente]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 18.7.2013.
-Asuntos acumulados C-523/11 y C-585/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 18 de julio de 2013 [petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Hannover, Verwaltungsgericht Karlsruhe (Alemania)] — Laurence Prinz/Region Hannover (C-523/11) y Philipp Seeberger/Studentenwerk Heidelberg (C-585/11) (Ciudadanía de la Unión — Artículos 20 TFUE y 21 TFUE — Derecho de libre circulación y de residencia — Ayuda a la formación concedida a un nacional de un Estado miembro para cursar estudios en otro Estado miembro — Obligación de residir en el Estado miembro de origen durante al menos tres años antes de comenzar los estudios)
Nota: Véase la entrada de este blog del día 18.7.2013.
-Asunto C-147/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 18 de julio de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hovrätten för Nedre Norrland — Suecia) — ÖFAB, Östergötlands Fastigheter AB/Frank Koot, Evergreen Investments AB [Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (CE) no 44/2001 — Órgano jurisdiccional competente — Competencias especiales en «materia contractual» y en «materia delictual o cuasidelictual»]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 18.7.2013.
NUEVOS ASUNTOS
-Dictamen 2/13: Solicitud de dictamen presentada por la Comisión Europea en virtud del artículo 218 TFUE, apartado 11.
Cuestión planteada: "¿Es compatible con los Tratados el Proyecto de Acuerdo de adhesión de la Unión Europea al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales?"
-Asunto C-344/13: Petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione tributaria provinciale di Roma (Italia) el 24 de junio de 2013 — Cristiano Blanco/Agenzia delle Entrate
Cuestión planteada: "¿La sujeción a las obligaciones de declaración y tributarias a efectos fiscales de las ganancias obtenidas en casas de juego de Países miembros de la Unión Europea por personas residentes en Italia que establece el artículo 67, letra d), del Decreto del Presidente de la República nº 917, de 22 de diciembre de 1986 (TUIR), es contraria a lo dispuesto en el artículo 49 del Tratado CE, o debe considerarse justificada por razones de orden público, seguridad y salud públicas?"
-Asunto C-360/13: Petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court of the United Kingdom (Reino Unido) el 27 de junio de 2013 — Public Relations Consultants Association Ltd/The Newspaper Licensing Agency Ltd y otros.
Cuestiones planteadas:"En los supuestos los que:i) un usuario final mira una página web sin descargar, imprimir o tratar de algún otro modo de crear una copia de la misma;ii) se crean copias de dicha página web de forma automática en la pantalla y en la memoria oculta de Internet del disco duro del usuario final;iii) la creación de dichas copias resulta indispensable para el proceso técnico implicado en la navegación correcta y eficiente por Internet;iv) la copia en la pantalla permanece en la misma hasta que el usuario final abandona la página web de que se trate, momento en que se elimina automáticamente siguiendo el funcionamiento normal del ordenador;v) la copia creada en la memoria oculta permanece allí hasta que se sobreescribe con material nuevo cuando el usuario final navega a otras páginas web, momento en que se elimina automáticamente siguiendo el funcionamiento normal del ordenador; yvi) las copias se retienen únicamente mientras duran los procesos normales asociados al uso de Internet mencionados anteriormente en los puntos iv) y v);¿Debe entenderse que dichas copias son: i) provisionales, ii) transitorias o accesorias y iii) forman parte integrante y esencial del proceso tecnológico, en el sentido del artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE?"
-Asunto C-366/13: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione (Italia) el 1 de julio de 2013 — Profit Investment SIM SpA, en liquidación/Stefano Ossi y Commerzbank AG.
Cuestiones planteadas:"1) ¿Puede considerarse existente la relación de conexión entre demandas distintas, prevista en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento nº 44/2001, cuando sean distintos el objeto de las pretensiones formuladas en las dos demandas y el título en virtud del cual se formulan las pretensiones, y no exista entre ellas una relación de subordinación o incompatibilidad lógico-jurídica, si bien la eventual estimación de una de ellas puede reflejarse, en la práctica, en la magnitud del interés para cuya protección se ha presentado la otra demanda?2) ¿Puede considerarse satisfecho el requisito de forma escrita de la cláusula de prórroga de la competencia, previsto en el artículo 23, apartado 1, letra a), del citado Reglamento, en caso de que dicha cláusula se incluya en el documento («Information memorandum») elaborado unilateralmente por la entidad emisora de un empréstito de obligaciones, con el efecto de que resulte aplicable la prórroga de la competencia a los litigios surgidos con cualquier posterior adquirente de dichas obligaciones acerca de su validez? ¿O cabe considerar de otro modo que la inclusión de la cláusula de prórroga en el documento que regula un empréstito de obligaciones destinado a tener una circulación transfronteriza se ajusta a una forma conforme a los usos del comercio internacional, en el sentido del artículo 23, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento?3) ¿Debe entenderse la expresión «materia contractual» que figura en el artículo 5, apartado 1, del citado Reglamento en el sentido de que se refiere únicamente a los litigios en los que se pretenda invocar en juicio la relación jurídica derivada de un contrato, así como las que dependan estrechamente de dicha relación, o ha de extenderse también a los litigios en los que la parte demandante, en lugar de invocar el contrato, niegue la existencia de una relación contractual jurídicamente válida y pretenda conseguir la restitución de los importes abonados en virtud de un título carente, en su opinión, de todo valor jurídico?"
-Asunto C-367/13: Petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione tributaria provinciale di Roma (Italia) el 1 de julio de 2013 — Pier Paolo Fabretti/Agenzia delle Entrate.
Cuestión planteada: "¿Es contrario al artículo 49 del Tratado CE sujetar a obligaciones de declaración fiscal y tributarias los premios obtenidos en establecimientos de juego de Estados miembros de la Unión Europea por personas residentes en Italia, tal como se prevé en el artículo 67, letra d), del DPR n o 917 de 22 de diciembre de 1986 (TUIR), o debe considerarse justificado por razones de orden público, de seguridad o salud públicas, en el sentido del artículo 46 del Tratado CE?"
-Asunto C-383/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 5 de julio de 2013 — M. G., N. R., otra parte: Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie.
Cuestiones planteadas:"1) ¿Da lugar sin más y en todos los casos al levantamiento del internamiento la violación por el órgano administrativo nacional del principio general de respeto del derecho de defensa, que también está consagrado en el artículo 41, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en la adopción de una decisión de prórroga en el sentido del artículo 15, apartado 6, de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular?2) ¿Permite el principio general de respeto del derecho de defensa proceder a una ponderación de intereses en la que, además de la gravedad de la violación de dicho principio y de los intereses del extranjero afectados por la misma, se tengan en cuenta los intereses del Estado miembro atendidos mediante la prórroga del internamiento?"
-Asunto C-396/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Satakunnan käräjäoikeus (Finlandia) el 12 de julio de 2013 — Sähköalojen ammattiliitto ry/Elektrobudowa Spolka Akcyjna.
Cuestiones planteadas:"1) ¿Puede basarse un sindicato que actúa en interés de trabajadores directamente en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea como fuente directa del Derecho frente a un prestador de servicios de otro Estado miembro cuando la disposición que se impugna como contraria al artículo 47 (artículo 84 del Código del Trabajo polaco) es una disposición exclusivamente nacional?2) En un procedimiento por créditos vencidos en el sentido de la Directiva 96/71/CE en el Estado miembro de empleo, ¿resulta del Derecho de la Unión, en particular, del principio de tutela judicial efectiva derivado del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y de los artículos 5, párrafo segundo, y 6, de la citada Directiva, interpretado en relación con la libertad de asociación en el ámbito sindical (libertad sindical), que el órgano jurisdiccional nacional debe dejar inaplicada una disposición del Código del Trabajo del Estado de procedencia de los trabajadores, que se opone a la cesión del crédito salarial a un sindicato del Estado de empleo para su cobro, si la disposición equivalente del Estado de empleo permite ceder los créditos salariales vencidos para su cobro y, por lo tanto, la calidad de demandante al sindicato al que pertenecen todos los trabajadores que han cedido sus créditos para su cobro?3) ¿Deben interpretarse las disposiciones del Protocolo nº 30 al Tratado de Lisboa en el sentido de que un órgano jurisdiccional nacional de un Estado distinto de Polonia o el Reino Unido está obligado a observarlas, si el litigio de que se trate guarda una estrecha relación con Polonia y si, en particular, el Derecho aplicable a los contratos de trabajo es el polaco? Dicho de otro modo: ¿Le impide el Protocolo anglo-polaco a un tribunal finlandés declarar que determinadas disposiciones normativas o reglamentarias, una práctica administrativa o medidas administrativas de Polonia son contrarias a los derechos fundamentales, libertades y principios proclamados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?4) ¿Debe interpretarse el artículo 14, apartado 2, del Reglamento Roma I, teniendo en cuenta el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que se opone a la aplicación de una norma nacional de un Estado miembro, que prohíbe ceder créditos y derechos derivados de la relación laboral?5) ¿Debe interpretarse el artículo 14, apartado 2, del Reglamento Roma I en el sentido de que el Derecho aplicable a la cesión de créditos derivados de los contratos de trabajo es el Derecho que, según el Reglamento Roma I es aplicable al contrato laboral de que se trate, sin que sea relevante saber si también son aplicables las disposiciones de otro ordenamiento jurídico al contenido de un derecho particular?6) ¿Debe interpretarse el artículo 3 de la Directiva 96/71, a la luz de los artículos 56 TFUE y 57 TFUE, en el sentido de que el concepto de cuantías de salario mínimo comprende el salario base por hora en función del grupo salarial, el salario garantizado por trabajo a destajo, la paga de vacaciones, las indemnizaciones fijas diarias y la compensación por el tiempo empleado en el trayecto diario hacia el trabajo (compensación por trayecto), de conformidad con la determinación de estas condiciones de trabajo en el convenio colectivo, que ha sido declarado de aplicación general, comprendidas dentro del ámbito de aplicación del anexo a la Directiva?6.1) ¿Deben interpretarse el artículo 56 TFUE [y 57 TFUE] y/o el artículo 3 de la Directiva 96/71/CE en el sentido de que impiden a los Estados miembros, en su calidad del llamado Estado anfitrión, obligar en sus disposiciones normativas nacionales (convenio colectivo de aplicación general) a prestadores de servicios de otros Estados miembros pagar a sus trabajadores desplazados a su territorio nacional una compensación por trayecto y una indemnización diaria, si se considera que, de conformidad con las disposiciones normativas nacionales tenidas en cuenta, el trabajador desplazado es tratado como un trabajador que ejerce sus funciones en el marco de una misión durante todo el período del desplazamiento, de modo que tiene derecho una compensación por trayecto y a una indemnización diaria?6.2) ¿Deben interpretarse los artículos 56 TFUE y 57 TFUE y/o el artículo 3 de la Directiva 96/71/CE en el sentido de que prohíben al órgano jurisdiccional nacional negarse a reconocer una posible clasificación en grupos salariales, establecida y aplicada por una empresa de otro Estado miembro en su Estado de origen?6.3) ¿Deben interpretarse los artículos 56 TFUE y 57 TFUE y/o el artículo 3 de la Directiva 96/71/CE en el sentido de que permiten a un empresario de otro Estado miembro determinar la clasificación de los trabajadores en grupos salariales de modo efectivo y vinculante para el tribunal del Estado de empleo, cuando en un convenio colectivo de aplicación general del Estado de empleo esté prevista una clasificación en grupos salarias que produce resultados diferentes, o puede el Estado miembro anfitrión, al que se han desplazado los trabajadores del prestador de servicios procedente del otro Estado miembro, exigir al prestador de servicios qué disposiciones ha de observar al clasificar a los trabajadores en los grupos salariales?6.4) ¿Debe considerarse, al interpretar el artículo 3 de la Directiva 96/71/CE a la luz de los artículos 56 TFUE y 57 TFUE, que el alojamiento, con cuyo coste ha de cargar el empresario en virtud del convenio colectivo mencionado en la sexta cuestión, así como los cheques restaurante que el prestador de servicios procedente de otro Estado miembro entrega en virtud del contrato de trabajo, constituyen una compensación por los costes originados por el desplazamiento o están comprendidos dentro del concepto de cuantías de salario mínimo en el sentido del artículo 3, apartado 1?6.5) ¿Debe interpretarse el artículo 3 de la Directiva 96/71/CE, en relación con los artículos 56 TFUE y 57 TFUE, en el sentido de que un convenio colectivo de aplicación general del Estado de empleo ha de considerarse justificado por razones de orden público al interpretar la cuestión de la retribución por trabajo a destajo, la compensación por trayecto y las indemnizaciones diarias?"
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