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jueves, 13 de febrero de 2014

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (13.2.2014)


-SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta) de 13 de febrero de 2014, en el Asunto C‑466/12 (Svensson y otros): Procedimiento prejudicial – Aproximación de las legislaciones – Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor – Directiva 2001/29/CE – Sociedad de la información – Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines – Artículo 3, apartado 1 – Comunicación al público – Concepto – Enlaces de Internet (“enlaces sobre los que se puede pulsar”) que dan acceso a obras protegidas.
Fallo del Tribunal:
"1) El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, debe interpretarse en el sentido de que no constituye un acto de comunicación al público, a efectos de dicha disposición, la presentación en una página de Internet de enlaces sobre los que se puede pulsar y que conducen a obras que pueden consultarse libremente en otra página de Internet.
2) El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29 debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un Estado miembro pueda proteger más ampliamente a los titulares de derechos de autor estableciendo que el concepto de comunicación al público incluya más actos que los previstos en dicha disposición."
-CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. MELCHIOR WATHELET, presentadas el 13 de febrero de 2014, en los Asuntos acumulados C‑53/13 y C‑80/13 (Strojírny Prostějov): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský soud v Ostravĕ (República Checa)] Libre prestación de servicios – Desplazamiento de trabajadores – Restricciones – Retención en la fuente del impuesto sobre la renta e ingreso en la Hacienda Pública nacional por la empresa que utiliza los servicios de estos trabajadores – Inexistencia del tal obligación en el caso de trabajadores desplazados por una empresa nacional.
Nota: El Abogado General propone al Tribunal que conteste las distintas cuestiones planteadas en el siguiente sentido:
"El artículo 56 TFUE se opone a una disposición de Derecho nacional como el artículo 6, apartado 2, de la Ley checa nº 586/1992 del impuesto sobre la renta, según la cual los residentes de la República Checa que recurren a trabajadores cedidos por una empresa de trabajo temporal residente en otro Estado miembro están obligados a practicar retenciones en la fuente del impuesto sobre la renta sobre los salarios de los trabajadores (con arreglo a una base imponible que se estima en el 60 % del total del importe facturado por la empresa de trabajo temporal) mientras que esta obligación recae sobre la empresa de trabajo temporal si se trata de una sociedad residente en el primer Estado miembro."

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