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viernes, 31 de octubre de 2014

Congreso de los Diputados - Proyectos de Ley


Proyecto de Ley para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 121-1, de 31.10.2014).
Nota: En este proyecto cabe destacar el art. 5, en el que se regula la expoliación y exportación de los bienes materiales asociados a los bienes culturales inmateriales:
"1. Corresponde a la Administración General del Estado, en el ámbito de sus competencias, adoptar las medidas que resulten procedentes para la defensa frente a la exportación y la expoliación de los bienes materiales asociados.
2. En relación con el expolio de bienes declarados Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, se estará, asimismo, a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, si bien, por la especial naturaleza de estos bienes, en el caso de que sea apreciable la posible pérdida del bien o el menoscabo de su función social, se decidirá su inclusión en una lista de bienes en peligro para que se proceda a la apertura de un procedimiento encaminado a la preservación y protección del bien expoliado. En dicho procedimiento se solicitarán los informes técnicos pertinentes, que deberán incluir medidas urgentes de salvaguardia, por parte de los organismos especializados de la Comunidad Autónoma afectada.
3. En caso de exportación de bienes muebles asociados, se estará, asimismo, a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y las normas reglamentarias de desarrollo. En todo caso, la defensa de estos bienes frente a la exportación se ceñirá a aquellos casos en los que la salida al exterior del bien material soporte del bien cultural inmaterial impida o desnaturalice el desenvolvimiento normal de la práctica cultural o de los valores para su comunidad de origen de que este es portador."

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