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miércoles, 6 de mayo de 2015

BOE de 6.5.2015


-Corrección de erratas del Instrumento de Ratificación del Tercer Protocolo Adicional al Convenio europeo de extradición, hecho en Estrasburgo el 10 de noviembre de 2010.
Nota: Véase el Tercer Protocolo Adicional al Convenio europeo de extradición, así como la entrada de este blog del día 30.1.2015.
-Ley 12/2015 de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de 8 de abril, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Nota: En relación con su ámbito personal y territorial de aplicación, el art. 2.1 establece que "la presente ley será de aplicación a cualquier persona física o jurídica, pública o privada, cualquiera sea su domicilio o residencia, que se encuentre o actúe en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de lo establecido por la legislación en materia de extranjería, los tratados internacionales aplicables y el resto de la legislación vigente".
-Ley 14/2015 de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Nota: En el art. 6.1 se especifican las personas que tienen derecho a los servicios sociales del sistema público de servicios sociales de Extremadura:
"a) Los extremeños y nacionales de los estados miembros de la Unión Europea empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Quienes no siendo nacionales de ningún estado miembro de la Unión Europea, se encuentre empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos previstos en la legislación sobre los derechos y deberes de los extranjeros en España.
c) Los refugiados y apátridas, en los términos que establecen los tratados internacionales y en la legislación en materia de extranjería.
d) Los extremeños en el exterior en los términos recogidos en la ley por la que se aprueba su Estatuto.
e) Todas aquellas personas que sin encontrarse en los supuestos anteriores se encuentren en situaciones de urgencia social."

Véase la corrección de errores de esta norma.

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