Orden ECC/2402/2015, de 11 de noviembre, por la que se crea el Órgano Centralizado de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
Nota: La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, incluye a los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles como una nueva categoría de sujetos obligados (art. 2.1.n). Ello supone la atribución de una serie de obligaciones preventivas que cada uno de los registradores está obligado a cumplir a título individual. No obstante, la propia Ley dispone en su art. 27 que mediante Orden ministerial puede acordarse la constitución de órganos centralizados de prevención de las profesiones colegiadas sujetas a dicha ley. La creación de órganos centralizados de prevención tiene por objeto intensificar y potenciar la colaboración de las profesiones colegiadas con las autoridades judiciales, policiales y administrativas, permitiendo un mayor nivel de especialización en estas tareas dentro del colectivo de sujetos obligados.
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