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jueves, 20 de octubre de 2016

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (20.10.2016)


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 20 de octubre de 2016, en el Asunto C‑429/15 (Danqua): Procedimiento prejudicial — Directiva 2004/83/CE — Normas mínimas relativas a los requisitos de concesión del estatuto de refugiado o del estatuto de protección subsidiaria — Norma procedimental nacional que establece, para la presentación de una solicitud de protección subsidiaria, un plazo de quince días laborables a contar desde la notificación de la denegación de la solicitud de asilo — Autonomía procesal de los Estados miembros — Principio de equivalencia — Principio de efectividad — Buen desarrollo del procedimiento de examen de la solicitud de protección subsidiaria — Buen desarrollo del procedimiento de retorno — Incompatibilidad.
Fallo del Tribunal: "El principio de efectividad debe interpretarse en el sentido de que se opone a una norma procedimental nacional, como la controvertida en el asunto principal, que somete la solicitud de concesión del estatuto de protección subsidiaria a un plazo de caducidad de quince días laborables a contar desde la notificación, por la autoridad competente, de la posibilidad de presentar tal solicitud al solicitante de asilo cuya solicitud de asilo ha sido denegada."

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