Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Sentencia de 19 Mayo 2016, Rec. 36/2016: Derecho al permiso de residencia y trabajo a pesar de que el solicitante fue condenado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Constancia en el expediente que el solicitante había cumplido la condena impuesta referida a las jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad, y respecto de las restantes penas, se aportó certificado del Registro central de Penados del que resultó que, a la fecha de la resolución de la denegación del permiso, se encontraban extinguidas. Ha quedado acreditado que el actor ha figurado de alta en el Sistema de la Seguridad Social durante más de dos años, y que a la fecha de celebración de la vista en primera instancia estaba trabajando. En el recurso de apelación se ha aportado informe favorable de esfuerzo de integración emitido por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Ponente: Rubio Berná, Pilar.Nº de Recurso: 36/2016Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOIustel - Diario Del Derecho, 15 diciembre 2016, sección Jurisprudencia[Texto en CENDOJ: STSJ MU 1009/2016 - ECLI:ES:TSJMU:2016:1009]
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