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miércoles, 11 de enero de 2017

Jurisprudencia - Denegación de protección internacional solicitada por una mujer marroquí como familiar de un nacional sirio


Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Sentencia de 2 Junio 2016, Rec. 667/2015: Protección internacional. Solicitud por una mujer marroquí como familiar de un nacional sirio. Conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia que la interpreta, no cabe apreciar que la solicitante y sus hijos sufran persecución o tengan fundados temores a sufrirla por alguna de las causas contempladas en la Convención de Ginebra, sobre el Estatuto de los Refugiados, pues Marruecos es uno de los países firmantes de la Convención, donde no se ha demostrado que ni la actora ni sus hijos sufran peligro o persecución alguna. Su marido, de nacionalidad Siria, y al que sí se admitió su solicitud de asilo, se reunió con ellos en Marruecos, país en el que vivían en un contexto de normalidad y ajenos a conflictos propios del asilo. Sin embargo, la solicitud estaba motivada por razones económicas.
Ponente: Novoa Fernández, Ángel.
Nº de Recurso: 667/2015
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Iustel - Diario Del Derecho, 11 enero 2017, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: SAN 2120/2016 - ECLI:ES:AN:2016:2120]

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