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viernes, 3 de marzo de 2017

DOUE de 3.3.2017


-Reglamento (UE) 2017/353 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2017, por el que se sustituyen los anexos A y B del Reglamento (UE) 2015/848 sobre procedimientos de insolvencia.
Nota: Se sustituyen los anexos A y B del Reglamento 2015/848, en los que se contienen la relación de designaciones que en el Derecho nacional de los Estados miembros se dan a los procedimientos de insolvencia y administradores concursales a los que se aplica dicho Reglamento. El anexo A enumera los procedimientos de insolvencia a los que se refiere el art. 2.4 y el anexo B enumera los administradores concursales a los que se refiere el art. 2.5.
Véase el Reglamento (UE) 2015/848, de 20 de mayo de 2015, así como la entrada de este blog del día 5.6.2015. Recuérdese que el Reglamento 2015/848 será aplicable a partir del 26.6.2017.

Sobre la participación de Irlanda en el Reglamento 2017/353 véase la Decisión (UE) 2017/1518 de la Comisión, así como la entrada de este blog del día 1.9.2017.
-Modificaciones de los anexos del Convenio de Lugano, de 30 de octubre de 2007.
Nota: Se modifica el contenido de los siguientes anexos del Convenio de Lugano de 2007:
-Anexo I: Normas de competencia nacionales mencionadas en el artículo 3, apartado 2, y en el artículo 4, apartado 2.
-Anexo II: Tribunales o autoridades competentes ante los que se presentará la solicitud a que se refiere el artículo 39.
-Anexo III: Tribunales o autoridades competentes ante los que se interpondrán los recursos a los que se refiere en el artículo 43, apartado 2.
-Anexo IV: Los recursos que podrán interponerse en virtud del artículo 44.
-Anexo IX: Estados y normas a que se refiere el artículo II del Protocolo nº 1.

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