Páginas

viernes, 2 de junio de 2017

Jurisprudencia - Adopción de medida cautelar frente a página web de alojamientos turísticos


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 836/2017 de 12 May. 2017, Rec. 1291/2016: Alojamientos turísticos. Cataluña. Medida cautelar a página web. Conformidad a derecho de la denegación de la medida cautelar de suspender la resolución que ordenó el bloqueo o suspensión de la página web www.homeaway.es, o de cualquier otra web similar, de aquel contenido relativo a empresas y establecimientos de alojamiento turístico en Cataluña en los que no conste el número de inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad Autónoma. La Sala de instancia no ha vulnerado la reiterada jurisprudencia del TS y del TC en relación con la validez de la prueba indiciaria. La ratio decidendi de los Autos recurridos se fundamenta en la no acreditación de que la ejecución del acto recurrido haya de comportar daños o perjuicios de imposible o difícil reparación, atendiendo a la insuficiencia de la prueba aportada. Correcta valoración de la prueba. La decisión de denegar la suspensión de las resoluciones se ha basado en una adecuada ponderación del periculum in mora. Correcta valoración de todos los intereses, públicos y privados, en conflicto. Inexistencia de indicios manifiestos de anulabilidad o de pleno derecho de las resoluciones impugnadas.
Ponente: Bandrés Sánchez-Cruzat, José Manuel.
Nº de Sentencia: 836/2017
Nº de Recurso: 1291/2016
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 8992, Sección Jurisprudencia, 2 de Junio de 2017
ECLI: ES:TS:2017:1802

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.