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jueves, 1 de junio de 2017

Jurisprudencia - Condiciones para la exención del IRPF por trabajos en el extranjero


Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 472/2016 de 2 Nov. 2016, Rec. 17/2016: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Exenciones. Trabajos realizados en el extranjero. Para la aplicación de la exención se requiere la efectiva prestación de servicios para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero, y cuando, como es el caso, la entidad destinataria de los servicios está vinculada con la entidad empleadora del trabajador, se entiende que los trabajos se han prestado para la entidad no residente cuando produzcan o puedan producir una ventaja o utilidad a su destinatario, esto es, a la entidad no residente, lo cual no ocurre en el presente caso.
Ponente: Alberdi Larizgoitia, José Antonio.
Nº de Sentencia: 472/2016
Nº de Recurso: 17/2016
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 8991, Sección Jurisprudencia, 1 de Junio de 2017
ECLI: ES:TSJPV:2016:3726

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