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viernes, 4 de agosto de 2017

BOE de 4.8.2017


Orden EIC/764/2017, de 26 de julio, por la que se dictan las normas relativas al funcionamiento de la Oficina Española de Aseguradores de Automóviles.
Nota: En esta disposición se regulan las funciones que corresponde realizar a la Oficina Española de Aseguradores de Automóviles (Ofesauto) y sus normas de funcionamiento con arreglo al marco jurídico en que desarrolla su actividad, constituido por el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor aprobado por el Real Decreto 1507/2008, de 12 de , y el Reglamento general del Consejo de Oficinas nacionales de seguros aprobado por la Asamblea General de dicho Consejo de 30 de mayo de 2002 (véase art. 1).
Son funciones de Ofesauto ejercer de Oficina nacional de seguro, de Organismo de indemnización y de administración del seguro en frontera, así como las demás relacionadas con el seguro obligatorio que se establecen en el art. 10 (véase art. 4).

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