Páginas

martes, 26 de septiembre de 2017

La CNMC aprueba los criterios que deben cumplir las empresas que quieran ofrecer el servicio internacional de viajeros por tren


La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) aprueba la Resolución sobre los criterios que deben cumplir las empresas que quieran ofrecer el servicio internacional de viajeros por tren:
  • Las compañías deberán transportar al menos el 30% de sus pasajeros con origen/destino internacional.
  • Además, al menos el 20% de la distancia total deberá transcurrir fuera de España.
  • Las compañías han de remitir su solicitud a la CNMC al menos 6 meses antes del lanzamiento comercial del servicio.
La CNMC ha aprobado los criterios con que analizará los nuevos servicios de transporte internacional de viajeros por ferrocarril prestadas por empresas alternativas a Renfe. Estos servicios están liberalizados desde 2010 y permiten recoger y dejar viajeros en cualquiera de las estaciones situadas a lo largo del trayecto internacional, incluso las situadas dentro de un mismo Estado (cabotaje).

Véase la Resolución del Consejo por la que se aprueban los principios y criterios metodológicos a aplicar en relación con la prueba de objetivo principal de un nuevo servicio de transporte internacional de viajeros (STP/DTSP/032/17).

Véase un resumen la nota de prensa de la CNMC.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.