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viernes, 27 de octubre de 2017

BOE núm. 260, de 27.10.2017


-Resolución de 27 de octubre de 2017, de la Presidencia del Senado, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Senado, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución.
Nota: El Senado considera que procede la aprobación de las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y para la protección del interés general por parte de la Generalitat de Cataluña, incluidas en el Acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017, con determinados condicionamientos y modificaciones.
Para el contenido del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre, véase la siguiente referencia de esta entrada.
-Orden PRA/1034/2017, de 27 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017, por el que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución, se tiene por no atendido el requerimiento planteado al M. H. Sr. Presidente de la Generalitat de Cataluña, para que la Generalitat de Cataluña proceda al cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y a la cesación de sus actuaciones gravemente contrarias al interés general, y se proponen al Senado para su aprobación las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y para la protección del mencionado interés general.
Nota: Las medidas adoptadas por el Consejo de Ministros, y aprobadas por el Senado afectan a las siguientes cuestiones:
A. Medidas dirigidas al Presidente de la Generalitat de Cataluña, al Vicepresidente y al Consejo de Gobierno
B. Medidas dirigidas a la Administración de la Generalitat
C. Medidas singulares sobre determinados ámbitos de actividad administrativa
C.1 Seguridad y orden públicos.
C.2 Área de gestión económica, financiera, tributaria y presupuestaria.
C.3 Área de telecomunicaciones y comunicaciones electrónicas y audiovisuales.
D. Medidas dirigidas al Parlamento de Cataluña
E. Medidas de carácter transversal
E.1 Normativa estatal y autonómica de aplicación.
E.2 Declaración de invalidez e ineficacia de disposiciones, actos y resoluciones autonómicas dictadas en contravención con las medidas aprobadas en el Acuerdo.
E.3 Publicaciones en boletines oficiales.
E.4 Modificación de los Departamentos, de las estructuras orgánicas y de los organismos, entes y entidades vinculadas o dependientes de la Generalitat de Cataluña.
E.5 Creación de órganos y designación de autoridades por el Gobierno de la Nación para el cumplimiento de las medidas.
E.6 Disposiciones y protocolos de actuación.
E.7 Seguridad jurídica de los funcionarios públicos o empleados sujetos al régimen laboral de la Generalitat de Cataluña.
E.8 Potestad disciplinaria y traslado del tanto de culpa al Ministerio Fiscal.
E.9 Duración y revisión de las medidas.
E.10 Notificación, entrada en vigor y publicación.
En relación con esta última cuestión, se afirma que "Las medidas que resulten autorizadas por el Senado, entrarán en vigor desde el momento de la publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado»."
Sobre las medidas autorizadas por el Senado, véase la referencia anterior de esta entrada.

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